LA AUDIENCIA NACIONAL CONDENA A AENA A PAGAR MAS DE 90.000 EUROS POR RETRASOS EN VUELOS EN BARAJAS - Fija la responsabilidad patrimonial del Estado por el mal funcionamiento del servicio público aeroportuario
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La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia que fija la responsabilidad del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), y por tanto del Estado, por los retrasos generados en la Navidad de 1998 y en los periodos vacacionales de 1999.
Dado que Aena es un organismo depndiente del Ministerio de Fomento, el fallo establece por primera vez que la responsabilidad patrimonial por los retrasos corresponde al Estado, que debe hacer frente ahora a indemnizaciones por valor de unos 90.000 euros.
El fallo de la Audiencia Nacional da la razón a un recurso interpuesto por las asociaciones de consumidores OCU y OCUC y, además, establece que la sentencia no es recurrible. Las dos asociaciones calificaron de "histórico" el fallo del tribunal.
DAÑOS MORALES
Además, se otorg legitimidad a las asociaciones de consumidores para acudir a los tribunales no sólo en nombre de sus socios, sino también en representación de todos los consumidores, a los que representan.
Para fijar la responsabilidad de Aena en los retrasos, los jueces dicen que las "serias disfunciones" en el tráfico aéreo se deben a "problemas técnicos no resueltos satisfactoriamente, de carencias de personal y de modernización de infraestructuras en ejecución", que provocaron perjuicios a los usuarios del transorte y provocan la estimación del recurso. Además, lamenta la falta de controladores aéreos para gestionar todos los vuelos.
Con el fallo, el Estado deberá pagar 80.000 euros, más los intereses, a un total de 188 afectados por los retrasos, mientras que, en algunos casos, el tribunal cree que no hay responsabilidad de Aena.
La sentencia incluye en las indemnizaciones el coste de los billetes, la pérdida o extravío temporal de equipajes, los traslados en taxi y otros gastos demostrados, pérdida deservicios turísticos e incluso los "daños morales" a algunos viajeros, como es el caso de aquéllos que vieron frustrado su viaje de novios.
Para las asociaciones de consumidores, el fallo es "pionero", al establecer la responsabilidad patrimonial del Estado por el mal funcionamiento del servicio público aeroportuario.
(SERVIMEDIA)
02 Dic 2003
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