LA AUDIENCIA NACIONAL ABSUELVE POR CUARTA VEZ AL PRESUNTO ETARRA LUPIÁÑEZ POR ACTOS DE VIOLENCIA CALLEJERA
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La Audiencia Nacional ha absuelto por falta de pruebas al presunto etarra Gorka Lupiáñez de los delitos de desórdenes públicos y daños de los que estaba acusado por su supuesta participación en actos de violencia callejera en Galdácano (Vizcaya), en la que es su cuarta absolución por actos de violencia callejera ("kale borroka").
Así lo establece la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en una sentencia hecha pública hoy en la que sí condenan a cinco jóvenes a cinco años de cárcel por los ataques que protagonizaron contra diversos establecimiento y sucursales bancarias el 16 de septiembre de 2000 en Galdácano.
Los magistrados de la Sección Primera, presididos por la jueza Ángela Murillo, absuelvan a los otros nueve acusados en la causa -entre ellos Lupiáñez- al no haber podido corroborar su implicación en los hechos, ya que consideran insuficiente la declaración incriminataria de otros coprocesados.
Lupiáñez fue detenido en diciembre de 2007 como presunto miembro del "comando Vizcaya" de ETA, y está acusado de llevar a cabo labores de infraestructura -como la construcción de zulos- para el posterior establecimiento de un "talde" estable de etarras en esta provincia del País Vasco.
Esta es la cuarta vez que la Audiencia Nacional absuelve a Lupiáñez. En junio de 2004, este órgano jurídico le absolvió de los delitos de colaboración con ETA y depósito de explosivos por los que la Fiscalía pedía 13 años de cárcel.
En mayo de 2005, la Fiscalía retiró la acusación contra el presunto etarra, a quien se le imputaba los delitos de daños terrorista y estragos por haber presuntamente lanzado 45 "cócteles molotov" contra el cuartel de la Guardia Civil de Galdácano en enero de 2000.
Y, por último, en junio de 2006, la Audiencia Nacional lo absolvió de la quema de un cajero en Durango (Vizcaya) porque la muestra de ADN que le incriminaba en los hechos fue obtenida sin la autorización de un juez.
MAZAS, PALOS Y EXPLOSIVOS
En contra, la Sección Primera de la Sala de lo Penal ha condenado a cinco años de cárcel a Andoni Beroiz, Urtzi Paul, Jon Crespo, Ugaitz Perez e Iker Lima por un delito continuado de daños y otro de desórdenes públicos.
Los hechos de los que han sido declarados autores estos cinco jóvenes tuvieron lugar el 16 de septiembre de 2000, cuando, sobre la 1.30 horas de la madrugada, un grupo de personas -entre 20 y 30 según la Ertzaintza- llegaron a la calle principal de Galdácano y, encapuchados, con guante y armados con material explosivo, mazas y palos, destrozaron varios inmuebles, establecimientos y sucursales bancarias.
Además de las penas de cárcel, los cinco condenados deberán indemnizar a los propietarios de las viviendas y establecimiento que se vieron afectados por estos actos de "kale borroka".
Pero la Sección Primera de la Sala de lo Penal ha absuelto por falta de pruebas, además de a Lupiáñez, a Javier Arrilucea, Asier Arriola, Endika Lejarcegui, Kepa Sarachaga, Gontzal González, Ekait Bilbao, Martín Echegaray y Aimar Hidalgo.
En la sentencia, los magistrados destacan la "inexistencia de elementos corroboradores de las declaraciones inculpatorias" realizadas contra estos acusados "por distintos coprocesados", lo que, "en aplicación del principio 'in dubio pro reo'" impiden "la consideración de autoría alguna" por su parte.
(SERVIMEDIA)
30 Abr 2008
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