LA AUDIENCIA DE MADRID ABSUELVE A UN PRESUNTO NARCOTRAFICANTE TRAS ANULAR LAS PRUEBAS OBTENIDAS POR APLICACION DE LA "LEY CORCUERA"
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La sección sexta de la Audiencia de Madrid ha absuelto a un presunto narcotraficante tras anular el valor como prueba de la droga intervenida en su domicilio mediante un registro policial llevado a cabo sin autorización judicial, por aplicación de la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana.
El juicio contra Ansuman Sumare y Mamadu Balde se celebró la semana pasada con gran expectación, ya que constituyó uno de los primeros procesos en los que las principales pruebas contra ambos se lograron mediante la aplicación del artículo 21 de la denominada "Ley Corcuera", que permite a la policía entrar en un domicilio sin autorización judicial ante la existencia de un delito flagrante de narcotrafico.
En este caso, el tribunal, que no ha entrado a analizar la constitucinalidad de la polémica ley porque el abogado defenso no lo solicitó, ha considerado nulas la pruebas aportadas contra Mamadu Balde por estimar que no se dieron las condiciones de inmediatez personal y necesidad urgente que justificaran el registro.
La sentencia sólo cree probada la responsabilidad de Ansumame Sumare, condenado a 2 años, 4 meses y 1 día de prisión por un delito contra la salud pública, ya que en el momento de su detención llevaba consigo 8 bolsitas con 0,8 gramos de heroína.
Los hechos se remontan a la madrugada del pasado 4 de abrl, cuando varios agentes vigilaban a Ansumane Sumare, al que conocían por haberle visto transitar lugares donde existe tráfico de estupefacientes.
Los agentes observaron cómo los dos guineanos se apearon de un coche aparcado en la puerta de su domicilio, en la calle José Marañón, y se introdujeron en los apartamentos para bajar 30 minutos más tarde y dirigirse nuevamente al turismo que les estaba esperando con otras dos personas en su interior.
Los funcionarios registraron a los dos hombres y encntraron la droga en poder de Sumare. Ante la sospecha de que en el apratamento tuvieran más droga, los agentes optaron por hacer uso de la "ley Corcuera" y entrar en la vivienda sin mandato judicial.
Allí, uno de los agentes halló 50 gramos de heroína bajo la almohada de Balde, 108.000 pesetas en una cómoda, que pensaron podría proceder de la venta de estupefacientes, y una balanza de precisión.
Los policías justificaron el registro explicando que habían sido advertidos por el conserje del inmuebe de que en el apartamento vivía una tercera persona, por lo que temieron que éste hubiera presenciado la detención e intentara hacer desaparecer la droga que suponían que había en el domicilio.
El tribunal argumenta, haciendo alusión a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que "las meras sospechas no pueden ni deben justificar una entrada y registro de un particular" y subraya que, para ello, resulta indispensable que existan indicios.
Según la sentencia, en la vivienda no se estaba cometiendoun delito flagrante, ni tampoco aparece justificado que la policía "tuviera un conocimiento fundado que les llevara a la constancia de que en en el apartamento pudiera existir droga".
(SERVIMEDIA)
23 Jul 1992
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