AUDIENCIA. LOS FISCALES EXPEDIENTADOS RECHAZAN LAS ACUSACIONES POR "IRREALES"

MADRID
SERVIMEDIA

Dos de los fiscales de la Audiencia Nacional expedientados tras la inspección practicada en ese organismo, María Dolores Márquez y Eduardo Fungairiño, consideran "irreales" las acusaciones formuladas contra ellos por el instructor de sus expedientes, el fiscal del TribunalSupremo José Iscar, según afirman en las alegaciones que el pasado sábado le remitieron.

Ambos fiscales fueron acusados por Iscar de sustraer al conocimiento del juez Manuel García-Castellón un informe pericial sobre la posible participación en el atentado perpetrado por ETA contra el actual presidente del Gobierno, José María Aznar, el 19 de abril de 1995, del etarra Mikel Azurmendi, "Ankas", cuyo procesamiento la fiscal María Dolores Márquez había solicitado al magistrado.

Estos hechos, a juici del instructor del expediente, suponen una conducta irregular que compromente la dignidad del ministerio fiscal por una falta de imparcialidad.

Sin embargo, los dos fiscales expedientados rechazan "tajantemente" en sus alegaciones dicha acusación, que consideran "irreal" al no ser ciertos los hechos ni ajustada la calificación que de ellos hace el instructor como falta muy grave.

Así, explican que el informe supuestamente ocultado al juez García-Castellón, que fue solicitado por la fiscal Márque a la policía y que descartaba la participación de "Ankas" como autor material del atentado, era idéntico a otro anterior que ya constaba en las actuaciones, por lo que la fiscalía no consideró oportuno remitirlo al sumario, dado que sus resultados no afectaban en absoluto a la petición de procesamiento del etarra que había formulado la fiscal como cooperador necesario de dicha acción terrorista.

Por ello, consideran que la calificación jurídica de los hechos formulada por el instructor adolece de fala de tipicidad ya que, según explican, si por imparcialidad se entiende separar los criterios de actuación de las ideologías personales, la ocultación de un informe no constituye una falta de imparcialidad porque es un dictamen inocuo que no influye en el asunto de fondo, que era el procesamiento de "Ankas"

Asímismo, tras indicar que la dignidad es una manera de comportarse, señalan que la ocultación del informe es una actuación procesal y no una conducta permanente, al tiempo que recuerdan que no exite ningún precedente de que se haya aplicado el concepto de conducta inmoral en una actuación procesal de carácter técnico.

Los fiscales rechazan también la calificación jurídica del instructor al entender que ha existido una desviación de poder ya que, a su juicio, se aparta de los fines para los que el regimen sancionador del Estatuto del Ministerio Fiscal está previsto.

En este sentido, indican que su conducta no es antijurídica, no está tipificada y consideran que la calificación ni siquiera stá ajustada a la problemática realidad del terrorismo en nuestro país, dado que, a su juicio, son sancionados por investigar hasta el final dicho atentado.

Además, también niegan que no hubiesen informado de su actuación al fiscal jefe de la Audiencia Nacional, José Aranda, tal como sostiene el instructor de los expedientes, y afirman en este sentido que su superior fue informado sin que éste adoptase ninguna decisión.

Por otra parte, los fiscales hacen constar en sus alegaciones que la falta dela que están acusados ya ha prescrito, dado que han pasado más de 6 meses entre la comisión del hecho y la apertura de los expedientes, pero no la piden expresamente dado que, en su opinión, el archivo de los expedientes por esa causa "no reparará el daño producido por el mero hecho de la incoación" de los mismos.

Finalmente, proponen como pruebas para su defensa que el instructor tome declaración a los miembros de los gabinentes científicos de la Policía y la Guardia Civil, para que confirmen que es ráctica habitual de la fiscalía solicitarles informes periciales que luego no incorporan al sumario si no tienen trascendencia, así como a los fiscales de la Audiencia Nacional que llevan casos de terrorismo.

(SERVIMEDIA)
29 Ene 1997
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