LA AUDIENCIA CONDENA A "MAKARIO" Y AL EX PARROCO DE SALVATIERRA A ENTRE 30 Y 60 AÑOS DE PRISION POR ASESINR 3 GUARDIA CIVILES
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La Audiencia Nacional ha condenado al etarra Ignacio Aracama Mendía, alias "Makario", a 60 años de reclusión menor y un año de arresto mayor; y al ex párroco de esta localidad Ismael Arrieta Pérez de Mendiola a 30 años y tres días de prisión, por el asesinato de tres guardias civiles en Salvatierra en (Alava) en 1980.
El tribunal ha entendido probado que "Makario", junto a los otros miembros de un comando de ETA, Lorenzo Ayestarán, alias "Fanecas" Félix Alberto López de la Calle, alias "Mobutu"; José Manuel Aristimuño, alias "Pana"; Ascensión Urriate, alias "Txiki- Txiki", y Mikel Lopetegui, diseñaron y ejecutaron el asesinato de tres guardias civiles durante una prueba ciclista celebrada el 4 de octubre de 1980
Asimismo, estima que Ismael Arrieta Pérez de Mendiola recopiló los datos sobre dicha competicion, relativos a la ubicación de los agentes, recorrido y horarios, y se los transmitió a los miembros del comando, llegando a rectificar, incuso, el lugar de partida de la carrera, ya que éste había cambiado, respecto al que inicialmente figuraba en el programa de festejos.
La sentencia del tribunal asegura que la intervención del ex sacerdote "si bien fue eficaz en orden a la obtención del resultado, no puede conceptuarse como imprescindible para el mismo, porque se trataba de realizarlos en el trascurso de un espectáculo anunciado publicamente en pasquines". Por ese motivo, la corte le condena, solamente, como cómplice.
La AudienciaNacional ha condenado al etarra y al ex sacerdote a pagar 1.560.000 euros a los familiares de las víctimas en concepto de indemnización "por los daños morales causados", aunque el tribunal reconoce que "la concesión indemnizatoria es un simple paliativo a tanto y tanto dolor".
En este sentido, la sentencia afirma que las viudas de los guardias civiles "se vieron de la noche a la mañana, despojadas de sus esposos y enfrentadas a un futuro demoledor, pues sin contar con un trabajo remunerado propio, tuviron que subvenir a sus propias necesidades y a las de sus hijos".
El relato de hechos probados de la sentencia de la Audiencia Nacional señala, que el día de la prueba deportiva, tres miembros del comando dispararon "sorpresivamente" en la cabeza y en el tronco de los tres agentes de la Benemérita, "sin que éstos pudieran hacer algo para defenderse".
A consecuencia de las balas fallecieron dos de los guardias civiles y un tercero resultó herido e intentó ocultarse bajo un vehículo. "Los agresores e apercibieron de ello, y encaminándose velozmente hacia el indefenso moribundo, que yacía tendido, le arrebataron el último hálito de vida, acribillándolo a balazos", explica la sentencia.
TARDANZA DEMOLEDORA
La Audiencia Nacional ha estimado la atenuante de dilaciones indebidas para los dos procesados por lo que ha decidido rebajar la pena en un grado tanto a Arrieta como a Aracama.
El tribunal afirma que la tardanza a la hora de interponer la denuncia por parte del Minsiterio Público contra elex sacerdote fue "demoledora" y cuando éste ya había cumplido una condena de 18 meses de prisión por un delito de colaboración con ETA que se extinguió en 1981.
"Desde entonces, esta persona (Arrieta), apartada de su anterior oficio de sacerdote, he rehecho su vida, tiene hijos y viene desempeñando su trabajo con regularidad. No ha existido reiteración delictiva, y nada consta que pueda hacernos pensar que no se halla totalmente desvinculado de la organización terrorista ETA", señala el fallo.
En l caso de Aracama, también se han detectado dilaciones, pero de "menor intensidad", sin que además concurran, las circunstancias favorables que confluyen en el caso del ex parroco.
(SERVIMEDIA)
27 Nov 2003
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