LA AUDIENCIA CONDENA A AENA A INDEMNIZAR CON 109.000 EUROS A 186 PASAJEROS POR RETRASOS AEREOS DE 1998 Y 1999
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional ha condenado a Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) a pagar una indemnización de 108.925 euros a un total de 186 afectados por cancelaciones y retrasos aéreos de la navidad de 1998 y periodos vacacionales de 1999.
Según informó hoy la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que junto con la OCUC de Cataluña interpuso la demanda en julio de 2000, al ser AENA un organismo dependiente del Ministerio de Fomento la sentencia establecía la responsabilidad patrimonial del Estado para el pago de las indemnizaciones.
La sentencia sólo beneficia a los viajeros que en su momento se incorporaron a la demanda atendiendo a los llamamientos de ambas asociaciones de consumidores, y se produce seis años después de los hechos denunciados.
La responsabilidad de AENA en los perjuicios padecidos por los viajeros es consecuencia de "las serias disfunciones en el servicio público aeroportuario", según los tribunales.
Se fija como motivo de indemnización no sólo los retrasos, por el importe del valor del billete de los vuelos retrasados o cancelados, sino también la pérdida o extravío temporal de equipajes, traslados en taxi y otros gastos demostrados, pérdida de servicios turísticos, el lucro cesante (pérdida de días de trabajo por el retraso en la vuelta, contratos no realizados) y, lo que es especialmente importante a juicio de OCU y OCUC, los daños morales padecidos por algunos viajeros, debido a razones de salud o de sufrimiento personal (viajes de boda frustrados).
La OCU y la OCUC se congratulan de que finalmente los usuarios afectados hayan sido resarcidos por los perjuicios sufridos, aunque lamentan la excesiva demora.
(SERVIMEDIA)
21 Ene 2005
L