LA AUDIENCIA DE BARCELONA CONFIRMA LA ABSOLUCION DE ALTADIS DE LA PRIMERA DEMANDA POR TABAQUISMO PRESENTADA EN ESPAÑA
- La sentencia dice que la decisión e fumar "constituye un acto que pertenece a la esfera de libertad de la persona"
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La Audiencia Provincial de Barcelona confirmó hoy la absolución de Altadis en una demanda de tabaquismo interpuesta por la familia de un fumador, según informó hoy la compañía a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
La Audiencia desestima un recurso interpuesto por la familia del fumador contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia emitida el 14 de marzo de 200 , que ya eximía a la tabaquera de la responsabilidad sobre el fumador.
La demanda se presentó en enero de 1998 por la familia de Emilio Carramiñana y fue la primera presentada contra la entonces Tabacalera (actualmente Altadis).
En la sentencia, el Tribunal afirma que "la demandada ha cumplido las obligaciones" en cuanto a que "las cajetillas de tabaco suministradas por la misma llevan inscritas las advertencias exigidas".
A este respecto, el Tribunal destaca el cumplimiento del deber genera de información por parte de Altadis y añade que "no se observa la concurrencia de una conducta negligente imputable a la demandada".
Finalmente, la sentencia establece que, atendidas las advertencias que constan en el producto y la información general existente, "la decisión de consumirlo constituye un acto que pertenece a la esfera de libertad de la persona".
Hasta la fecha, Altadis ha sido absuelta en las trece demandas que, con relación al tabaco, se le han planteado en Francia, en Polonia y n España.
(SERVIMEDIA)
02 Dic 2003
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