LA AUDIENCIA ANULA LOS SERVICIOS MINIMOS FIJADOS POR EL GOBIERNO EN SOGECABLE PARA LA HUELGA GENERAL DEL 20-J
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La Audiencia Nacional anuló hoy los servicios mínimos impuestos por el Ministerio de Ciencia y Tecnología en Sogecable con motivo de la huelga general del 20 de junio pasado, según informó hoy CCO.
Según el sindicato, la decisión ha sido tomada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia y anula la Orden de Ciencia y Tecnología que fijó el número de trabajadores con obligatoriedad de trabajar en esa jornada de paros y declara la nulidad de la fijación de los servicios mínimos por vulneración del derecho de huelga.
El fallo asegura que "la proporcionalidad y justificación de los servicios mínimos no deriva del porcentaje de la plantilla de la empresa que se vea afectado, ino de la incidencia en el desarrollo del servicio, la efectividad del derecho de huelga y el sacrificio mutuo, como se desprende de la doctrina jurisprudencial y del Tribunal Constitucional".
CCOO mostró su satisfacción por la sentencia, si bien lamenta que se produzca 6 meses después del hecho puesto que, según denuncia, las empresas abusan de la tardanza de la justicia precisamente para imponer servicios mínimos abusivos conscientes de que su "arbitraria decisión" será eficaz para neutralizar la hulga.
El sindicato también arremete contra el Gobierno que "se presta" a este juego con la fijación de unos servicios mínimos cuyo único objetivo es "la vulneración del derecho constitucional de huelga".
(SERVIMEDIA)
17 Ene 2003
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