ATENTADO. EL FISCAL PIDE QUE DECLARE EL CIUDADANO QUE FACILITO LA CAPTURA DEL COMANDO MADRID
- Solicita que se le conceda trato de testigo protegido
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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha solicitado que el ciudadano cuya colaboración permitió la detención de dos presuntos terroristas por su supuesta iplicación en el atentado perpetrado ayer en la madrileña calle Corazón de María reciba el tratamiento de testigo protegido, según informaron hoy fuentes jurídicas.
Según las mismas fuentes, la declaración de este hombre ante el juez que debe investigar el atentado perpetrado ayer por ETA, Carlos Dívar, será secreta, es decir, que sólo será conocida por el magistrado y por el fiscal encargado del caso, Jesús Santos.
Este ciudadano será identificado mediante una clave numérica y sus datos personale estarán en una pieza secreta. No obstante, las mismas fuentes reconocieron que "nada ni nadie podrá impedir que los acusados y los abogados le vean en el juicio" que se celebre en su día contra los presuntos autores del atentado ocurrido ayer en Madrid.
El tratamiento de los testigos protegidos viene recogido en la Ley Orgánica 19/1994 de 23 de diciembre, de Protección a Testigos y Peritos en Causas Criminales, que establece las medidas básicas para proteger la identidad de quienes declaren en contrade los inculpados en juicios de alto riesgo y prevé ofrecer nueva identidad y medios económicos para cambiar de residencia y de trabajo para casos excepcionales.
Esta normativa permite que, en atención al riesgo para la vida del testigo protegido, el juez acuerde que no consten "su nombre, apellidos, domicilio, lugar de trabajo y profesión, ni cualquier otro dato que pudiera servir para la identificación" del mismo.
Según esta normativa, durante la tramitación de la causa, instrucción y juicio, s podrá designar a estos testigos por un número o cualquier otra clave.
Las notificaciones para estos confidentes o testigos llegarán a la sede del órgano judicial que esté actuando y la fuerzas de seguridad y autoridades judiciales están obligadas a impedir que se tomen imágenes o fotografías que puedan servir para su identificación.
A instancia del Ministerio Fiscal, estas personas contarán con protección policial durante el proceso judicial y, en casos excepcionales, al finalizar el juicio se ls podrá fcilitar una nueva identidad y "medios económicos para cambiar su residencia o lugar de trabajo".
La ley deja al juez o al tribunal la decisión de juzgar qué grado de riesgo entraña el proceso para el testigo protegido y la aplicación de todas o de algunas de las medidas legales de protección que considere necesarias.
(SERVIMEDIA)
07 Nov 2001
VBR