TRAFICO

LAS ASOCIACIONES DE DISCAPACITADOS PIDEN QUE EL CARNE POR PUNTOS GARANTICE LA IGUALDAD PARA ESTOS CONDUCTORES

MADRID
SERVIMEDIA

El Comité Español de Representantes de las Personas con Discapacidad (CERMI) ha pedido a los distintos grupos parlamentarios que la reforma en curso de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial para instaurar el carné por puntos garantice la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.

El CERMI, que es la plataforma de representación y encuentro de los discapacitados españoles y aglutina a más de 2.000 asociaciones y entidades representantes de los tres millones y medio de personas con discapacidad que hay en España, ha propuesto una serie de enmiendas para garantizar el principio de igualdad, tanto para los conductores como los acompañantes con discapacidad.

Por ello, el Comité propone que el nuevo articulado de la ley aclare explícitamente que "los conductores con discapacidad no podrán ser discriminados por razón de su discapacidad, siendo obligación de las autoridades garantizar la plenitud e integridad de sus derechos".

Asimismo, reclama que el texto especifique que cualquier restricción, especialmente en lo referido a límites de velocidad, que se les imponga a los conductores por causa de una discapacidad, estén "suficiente y objetivamente justificadas", de forma que cuando las ayudas y adaptaciones técnicas homologadas que haya introducido en el vehículo compensen las posibles limitaciones no se le depare un trato distinto al que se otorga al resto de conductores.

LIMITES DE VELOCIDAD

Además, el CERMI ha solicitado que en los casos en los que haya que determinar si un conductor discapacitado ha incurrido en un exceso de velocidad, se tenga en cuenta como referencia el límite general establecido para todos los conductores, y no el concreto que pudieran tener estos por razón de discapacidad.

En la actualidad, sistemáticamente, los permisos de conducir de las personas con discapacidad recogen una limitación de velocidad, que oscila entre 70 y 90 kilómetros por hora.

A juicio del CERMI, "esta limitación responde a criterios no objetivos teniendo en cuenta que por una parte una persona con discapacidad ha obtenido el permiso de conducir pasando las mismas pruebas que cualquier otro conductor e, incluso, en algunas ocasiones más exhaustivas, y por otra parte los vehículos adaptados están equipados con las ayudas técnicas necesarias (debidamente homologadas) para garantizar la seguridad del conductor con discapacidad, la de los demás conductores y usuarios y la de la circulación".

Otra de las propuestas del Comité se refiere a la necesidad de que el nuevo articulado establezca que los centros de enseñanza previstos en la ley sean accesibles para las personas con discapacidad.

(SERVIMEDIA)
12 Ene 2005
GJA