EL ARZOBISPADO DE MADRID NIEGA HABER CEDIDO EL CLAUSTRO DE LOS JERONIMOS PARA A AMPLIACION DEL MUSEO DEL PRADO
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Arzobispado de Madrid ha recurrido la convocatoria del Ministerio de Cultura de un concurso de ideas para la ampliación del Museo del Prado, publicada el pasado mes de marzo, que contempla la utilización del solar del claustro de la Iglesia de los Jerónimos para extender la planta de la pinacoteca.
La autoridad eclesiástica asegura que cuando fue consultada por la ministra de Cultura, Carmen Alborch, a este respecto, ya le contestaon, en diciembre del año pasado, que la iglesia y su claustro "no deben ser afectados por las ideas o proyectos que se propongan para la prevista ampliación".
En aquella ocasión, señalaron que sólo aceptarían que se toque el conjunto arquitectónico "para su restauración o para la reconstrucción del claustro, de forma que se le dé la dignidad arquitectónica, artística y urbanística que requieren, tanto su carácter de iglesia emblemática de la ciudad como su entorno noble en el corazón de Madrid".
ambién especificaban que los proyectos que se presenten no han de mermar o dificultar el uso de la iglesia y sus dependencias para la atención de las necesidades religiosas y pastorales de los fieles y de los visitantes que acuden a ella.
CONDICIONES IRRENUNCIABLES
"Salvadas estas dos condiciones, a las que no nos es posible renunciar, estamos plenamente abiertos a la colaboración", afirmaba la respuesta del Arzobispado a la ministra, en la que también resaltaba que si no se respetan esas premisas, se crearía un considerable malestar social".
En cualquier caso, señalaba en aquel escrito que cualquier medida que afectase a la iglesia de Los Jerónimos debería ser acordada previamente por ambas partes conforme a derecho, y ahora niega rotundamente que, como ha manifestado Alborch, haya dado su consentimiento para incluir el claustro en los planes de ampliación del Prado.
Por último, el Arzobispado estima que "deben ser los tribunales ordinarios de la jurisdicción contenciosa quienes diriman ese conflicto, una vez que el ministerio ha hecho caso omiso a lo que le había manifestado reiteradamente y por escrito".
(SERVIMEDIA)
19 Mayo 1995
J