Discapacidad
Arranca la consulta pública previa del real decreto para trasponer la directiva sobre la Tarjeta Europea de Discapacidad
- Así como la de la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad
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El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha iniciado el trámite de consulta pública previa acerca del Proyecto de Real Decreto de transposición de la Directiva (UE) 2024/2841 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2024 por la que se establecen la Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad, y de la Directiva (UE) 2024/2842 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2024 por la que se amplía la Directiva (UE) 2024/2841 a los nacionales de terceros países que residan legalmente en un Estado miembro.
El proyecto, al que se podrán realizar aportaciones hasta el 24 de enero, pretende solucionar la falta de reconocimiento mutuo de la situación de discapacidad entre los Estados miembro que impide a las personas con discapacidad ejercer sus derechos durante las estancias de corta duración o las visitas breves a otro Estado miembro y evitar situaciones de discriminación de los nacionales de terceros países que residen legalmente en los Estados miembro, respecto a los derechos regulados en la Directiva (UE) 2024/2841.
Así, entre los objetivos de la norma, el texto destaca los de transponer al ordenamiento jurídico nacional, dentro del plazo establecido, ambas directivas, garantizar el reconocimiento mutuo de la situación de discapacidad entre España y el resto de Estados miembro durante las estancias de corta duración o las visitas breves facilitando el ejercicio de los derechos de acceso a condiciones especiales o trato preferente, así como el uso de todos los medios de transporte, en igualdad de condiciones y garantizando las condiciones y facilidades de estacionamiento reservadas para personas con discapacidad, en igualdad de condiciones.
En paralelo, pretende garantizar los derechos regulados en la Directiva (UE) 2024/2841 para los nacionales de terceros países que residan legalmente en un estado miembro, en igualdad de condiciones.
En cuanto a los antecedentes de la norma, el gabinete de Pablo Bustinduy subrayó que, debido a la falta de reconocimiento mutuo de la situación de discapacidad entre los Estados miembro, las personas con discapacidad “afrontan a menudo dificultades y barreras específicas y considerables” a la hora de ejercer sus derechos fundamentales de igualdad de trato, no discriminación y libre circulación.
“Es lo que sucede, en particular, con las estancias de corta duración o las visitas breves a otro Estado miembro”, según el texto, que recuerda que, “como consecuencia y para facilitar el ejercicio por parte de las personas con discapacidad de sus derechos fundamentales y, particularmente, de los derechos de acceso a condiciones especiales o trato preferente, el derecho al uso de todos los medios de transporte y el derecho a obtener facilidades de estacionamiento, sin discriminación por razón de nacionalidad y en igualdad de condiciones”, se han aprobado las directivas que regulan tanto la Tarjeta Europea de Discapacidad, como la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad.
Asimismo, y conforme al artículo 79 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) que establece que la acción de la Unión tiene por objeto garantizar un trato “equitativo” de los nacionales de terceros países que residan legalmente en los Estados miembro, recordó que se ha aprobado la Directiva (UE) 2024/2842 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2024 por la que se amplía la Directiva (UE) 2024/2841 a los nacionales de terceros países que residan legalmente en un Estado miembro, estableciendo un conjunto de normas que “especifiquen” los derechos para los que se prevé la igualdad de trato entre las personas beneficiarias de la Directiva (UE) 2024/2841 y dichos nacionales de terceros países.
(SERVIMEDIA)
31 Dic 2024
MJR/clc