ARGENTINA. LA AUDIENCIA NACIONAL ABRE JUICIO ORAL CONTRA SCILINGO POR CRIMENES COMETIDOS EN LA DICTADURA ARGENTINA
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La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido abrir juicio oral contra el ex militar argentino Adolfo Scilingo por el caso de los desaparecidos españoles durante la dictadura argentina, entre los años 1976 y 1983, según un auto hecho público hoy.
El juez instructor de la causa, Baltasar Garzón, procesó en noviembre de 1999 a Adolfo Scilingo, a quien acusó del asesinato de 28 personas en los denominados "vuelos de la muerte", en los que se arrojaba a pisioneros desnudos y sedados desde un avión al mar de La Plata.
En la resolución hecha pública hoy, los magistrados rechazan el recurso de la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra la decisión de Garzón de concluir la investigación con respecto a Scilingo para que fuese juzgado por los crímenes de los que se le acusa.
Para los magistrados, la decisión de Garzón fue correcta, dado que hay elementos suficientes para el enjuiciamiento por separado de Scilingo, quien procesado en su día junto con oras 97 personas por delitos cometidos durante la dictadura de la República Argentina.
A juicio de la Sala, hay que tener en cuenta la situación procesal "compleja" del caso, que se caracteriza por la pluralidad de hechos que se investigan y por la posible participación en los mismos de una "gran cantidad" de procesados, que además no se hallan a disposición de la justicia, excepto uno (Scilingo).
Por otra parte, los jueces niegan que Scilingo tenga inmunidad, que nunca podría afectar a "los terriles hechos que se describen en el auto de procesamiento y que han de ser objeto de enjuiciamiento".
En cuanto a la falta de competencia de la jurisdicción española, según la Fiscalía de la Audiencia Nacional, los magistrados responden que en casos como el de los desaparecidos en la dictadura argentina, se trata de delitos imprescriptibles y en lso que tampoco rige el principio de territorialidad.
COMPETENCIA
Además, recuerdan el auto dictado el 4 de noviembre de 1998 por el Pleno de la Sala de o Penal de la Audiencia Nacional, en el que se declaró la competencia de los tribunales españoles para juzgar el caso de desaparecidos en Argentina.
En dicho auto, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional declaró que "España tiene jurisdicción para conocer de los hechos, derivada del principio de persecución universal de determinados delitos (...) acogida por nuestra legislación interna",
Además, la Audiencia insistió entonces en que España tiene también "un interés legítimo en elejercicio de esa jurisdicción, al ser más de 500 los españoles muertos o desaparecidos en Argentina, víctimas de la represión".
En cuanto a la calificación jurídica de los hechos, los magistrados se remiten también al mencionado auto del Pleno de la Sala de lo Penal, en el que se explica cómo los hechos ocurridos en la dictadura argentina consituyen con claridad el delito de genocidio, en el sentido de intentar exterminar a un determinado grupo nacional, étnico, racial o religioso.
"Fue una acció de exterminio, que no se hizo al azar, de manera indiscriminada, sino que respondía a la voluntad de destruir un determinado sector de la problación, un grupo sumamente heterogéneo, pero diferenciado", dijo entonces la Audiencia.
"La represión", añadía, "no pretendió cambiar la actitud del grupo en relación con el nuevo sistema político, sino que quiso destruir el grupo, mediante detenciones, muertes, desapariciones, sustracción de niños de familias del grupo, y amedrentamiento"
En cuanto a la tsis de que el caso de los desaparecidos en Argentina es cosa juzgada, los magistrados señalan hoy que no consta que Scilingo se encuentre encausado en Argentina por los mismos hechos, ni que pretenda ser juzgado en dicho país. "Ni tan siquiera se ha pedido la extradición para los indicados fines", añaden.
LEYES DE IMPUNIDAD
Además, insisten en que las Leyes de Punto Final y de Obedicencia Debida "vinieron a significar la más absoluta impunidad de las personas presuntamente responsables de los gravísmos hechos enjuiciados".
Con estos argumentos, los magistrados confirman el auto de conclusión de sumario dictada por el juez Garzón con respecto a Scilingo y abren juicio oral contra este ex militar.
El auto dictado hoy no es firme y la Fiscalía de la Audiencia Nacional ya ha anunciado que presentará un escrito pidiendo la nulidad de las actuaciones, por considerar que se roto la continuidad de la causa, al cerrarse la investigación con respecto a Scilingo y continuar con respecto al ex militar iguel Angel Cavallo, extraditado este fin de semana a España por este caso.
Este caso comenzó en 1997, cuando el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón admitió a trámite la querella presentada por la Unión Progresista de Fiscales (UPF) contra Pinochet y otros mandatarios de las Fuerzas Armadas y de Seguridad de Chile por un presunto delito de genocidio cometido durante la dictadura, concretamente, por la desaparición asesinato de 4.000 personas.
Posteriormente, en 1998, Garzón se hzo cargo del caso, después de que García Castellón decidiera abandonar la investigación e inhibirse a favor del titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, quien investigaba las desapariciones y asesinatos perpetrados en la dictadura de Argentina. Ambas causas se unificaron al tener nexos comunes, como la denominada "Operación Cóndor".
(SERVIMEDIA)
30 Jun 2003
VBR