ARGENTIA TRUST. LA DEFENSA DE CONDE ANUNCIA QUE RECURRIRA EL FALLO, MIENTRAS LA FISCALIA EXPRESA SU SATISFACCION

MADRID
SERVIMEDIA

El abogado defensor de Mario Conde, Mariano Gómez de Liaño, anunció hoy, tras conocer el fallo que condena a seis años de cárcel a su cliente, que presentará un recurso de casación de la sentencia ante el Tribuna Supremo.

Gómez de Liaño, que acudió a la Audiencia Nacional para asistir a la lectura de la sentencia hecha por el ponente del tribunal, Ventura Pérez Mariño, no quiso hacer declaraciones cuando abandonó el tribunal, aunque reconoció que esperaban que el fallo fuese absolutorio.

Por su parte, el fiscal del caso, Ignacio Gordillo, expresó su satisfacción por el fallo condenatorio, dado que, según indicó, el tribunal ha dado la razón al ministerio público y los hechos por los que acusó a Conde de os delitos de apropiación indebida y falsedad se han podido probar.

La sentencia señala que Conde dispuso de bienes de Banesto, y en concreto de los 600 millones por cuya apropiación se le ha condenado, como si fueran propios, y precisa que un dato objetivo "no negado" es que ordenó el pago de esa cuantía a Argentia Trust, afincada en un paraiso fiscal, "sin que hubiera hecho trabajos para Banesto".

Asimismo, tra señalar que Conde no informó de ese pago a los órganos de la entidad bancaria, indic que pensar que un banco paga sin saber por qué, sólo por que se lo indiquen sus asesores "no sólo es absurdo, sino que no es verdad".

Asimismo, respecto a las declaraciones que Conde hizo durante la instrucción de que dicho dinero fue para vencer el clima contrario a la concesión de exenciones fiscales a la Corporación Banesto, el fallo apunta que ello "no sería más que una argucia" para justificar la apropiación de ese dinero, y agrega que "el acusado ha pretendido extender una nebulosa tendente a oultar la realidad".

Concluye que Conde "dispuso de 600 millones de pesetas, confeccionando él o un tercero a su nombre una factura inauténtica", cuantía que, añade el fallo, no fue destinada ni a mejorar el clima sobre las exenciones fiscales ni como pago por la colocación de acciones.

(SEGUIRA AMPLIACION)

(SERVIMEDIA)
20 Mar 1997
S