APROBADOS CUATRO DECRETOS SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
- Mejoran la seguridad en los lugares de trabajo, la señalización, la manipulación manual de cargas y el trabajo con pantallas
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó hoy cuatro decretos que trasponen otras tantas directivas comunitarias a la normativa epañola en materia de lugares de trabajo, señalización, manipulación manual de cargas y trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.
Con estos decretos, que establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en las materias citadas, prosigue el desarrollo reglamentario de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y se cumplen, además, las obligaciones que tiene España como país miembro de la Unión Europea de incorporar al derecho nacional las directivas europeas en ateria de seguridad y salud en el trabajo.
El más novedoso es el decreto sobre pantallas de visualización, que constituye una novedad en el derecho español, ya que por primera vez se tiene en cuenta la prevención de determinados riesgos como consecuencia de la utilización de estos aparatos fundamentales en las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
Concretamente, esta norma establece medidas como la reducción de la duración máxima del trabajo continuado en pantalla, organizando l actividad diaria de forma que esta tarea se alterne con otras o bien estableciendo pausas necesarias para disminuir el riesgo.
También se reconoce el derecho de los trabajadores a reconomientos adecuados de los ojos y la vista. El malestar visual trata de paliarse con disposiciones referidas a la pantalla, iluminación y reflejos y deslumbramientos, así como a algunos aspectos del teclado y la mesa de trabajo; mientras que el cansancio físico trata de evitarse con medidas referidas al asiento, el espaio, el ruido, el calor y la humedad.
El decreto sobre lugares de trabajo determina las características generales que deben reunir los lugares de trabajo para evitar riesgos en la seguridad y salud de los trabajadores. En concreto, precisa cómo deben ser las condiciones ambientales (temperatura, humedad, ventilación, etc.), iluminación y servicios higiénicos, así como los locales de descanso y de primeros auxilios que deben disponer los lugares de trabajo.
La aprobación de este decreto, según el Gbierno, supone la práctica derogación de la antigua Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, aprobada en 1971, donde hasta ahora se regulaban estos aspectos y que en gran parte había quedado obsoleta.
El decreto relativo a señalización establece las características y requisitos de las señales de advertencia, prohibición, obligación y equipos de lucha contra incendios, bien sean luminosas, acústicas o gestuales. Su objetivo es advertir convenientemente a los trabajadores de la presencia e riesgos.
El otro decreto es el que trata de la manipulación manual de cargas, que regula aspectos sobre información, formación y vigilancia de la salud de los trabajadores, así como los factores de riesgo a tener en cuenta.
(SERVIMEDIA)
04 Abr 1997
NLV