APROBADO EL REGLAMENTO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
- Incluye un "programa de clemencia" para pedir una exención o reducción de la multa, en caso de cártel
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El Consejo de Ministros aprobó hoy el reglamento de defensa de la competencia, que desarrolla la Ley de Defensa de la Competencia, aprobada el pasado 3 de julio.
En virtud de esta reglamento, las empresas que constituyan un cártel podrán ser penalizadas con hasta un 10% de su volumen de negocios total.
El reglamento desarrolla la ley en aspectos relacionados con los procedimientos, las conductas de menor importancia, las concentraciones económicas, las ayudas públicas y la promoción de la competencia.
En relación con los procedimientos, el reglamento define las funciones de las comunidades autónomas, la Comisión Europeay otras Autoridades Nacionales de Competencia de otros Estados miembros de la Unión Europea.
El fundamento de esta regulación se sustenta en el necesario equilibrio entre los principios de seguridad jurídica y eficacia administrativa.
Este reglamento penaliza la formación de cárteles, es decir, de todo acuerdo secreto entre dos o más competidores cuyo objeto sea la fijación de precios, de cuotas de producción o de venta, el reparto de mercados, incluidas las pujas fraudulentas, o la restricción de las importaciones o las exportaciones.
En caso de que se detecte un cártel, podrá imponerse a los agentes económicos, empresas, asociaciones, uniones o agrupaciones de aquéllas una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de la empresa infractora en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.
No obstante, el reglamento incluye un "programa de clemencia", que permite a las empresas o personas físicas participantes en un cártel solicitar una exención del pago de la multa, o una reducción de la misma, cuando aporten elementos de prueba que, a juicio de la Comisión Nacional de la Competencia, le permitan ordenar el desarrollo de una inspección en relación con dicho cártel.
(SERVIMEDIA)
22 Feb 2008
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