APROBADO EL PROYECTO DE REGIMEN DE PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

- El Proyecto de Ley suspende la prestación del servicio militar y regula el régimen transitorio hacia el Ejrcito profesional

- Establece una plantilla de 48.000 cuadros de mando y 120.000 efectivos de tropa y marinería

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy la remisión a las Cortes Generales, para su tramitación parlamentaria en el próximo periodo de sesiones, del Proyecto de Ley de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, que recoge la mayoría de las sugerencias presentadas por el Consejo de Estado y establece un equilibrio entre la continuidad de los parámetros esenciales de modelo legal vigente y el avance hacia la profesionalización y la modernización del Ejército.

El ministro de Defensa, Eduardo Serra, que presentó este proyecto de ley en la rueda de prensa del Consejo de Ministros, recordó que la terminación del servicio militar obligatorio "es uno de los programas estrella de la legislatura", y cifró el coste de la profesionalización total de las Fuerzas Armadas para el año 2003 en un billón doscientos cincuenta mil millones de pesetas.

En el nuevo régimen se aordan todos los aspectos que configuran el estatus de los militares profesionales y tiene los objetivos de proporcionar la necesaria flexibilidad de la gestión de los recursos humanos, asimilar en lo posible los regímenes de todos los militares profesionales, lograr el mejor desarrollo profesional de todos ellos, estructurar el modelo de enseñanza que permita formar al personal y definir los criterios y procedimientos que permitan identificar y potenciar el mérito y la capacidad.

El concepto de milita profesional engloba a los militares de carrera que constituyen los Cuadros de Mando de las Fuerzas Armadas con una relación de servicios profesionales de carácter permanente, a los militares de complemento que completan a los anteriores con una relación de servicios de carácter temporal y a los militares profesionales de tropa y marinería que inicien su relación de servicios con un carácter temporal que posteriormente se puede transformar en permanente.

El Proyecto de Ley establece las plantillas delEjército y las normas para su provisión. El número máximo de cuadros de mando se fija en 48.000, y el de los efectivos militares profesionales de tropa y marinería en 120.000, de acuerdo con la cifra máxima de 170.000 efectivos establecida en el dictámen de la Comisión Mixta Congreso-Senado.

PROFESIONALIZACION

Para la provisión de las plazas, el texto suspende la prestación del servicio militar obligatorio e introduce un nuevo sistema en que todo el personal militar estará vinmculado a las Fuerzas Amadas por una relación de servicios profesionales, ya que la Constitución autoriza al legislador a fijar las obligaciones militares de los españoles, sin imponer como fórmula la realización del servicio militar obligatorio.

En cuanto a la aportación suplementaria de recursos humanos en caso de que no sea posible atender las necesidades de la defensa nacional con los efectivos profesionales, el proyecto define las figuras de reservistas temporales, que serán durante un tiempo limitado los militares proesionales que cesen su relación con las Fuerzas Armadas; reservistas voluntarios, seleccionados para cubrir las plazas reservadas a tal efecto; y reservistas obligatorios, ciudadanos declarados como tales por el Gobierno, previa autorización del Congreso.

PERMEABILIDAD ENTRE ESCALAS

El proyecto de ley pretende asimismo conseguir una mayor permeabilidad entre las diferentes escalas, y potenciar el acceso por promoción interna dentro de un mismo Ejército, especialmente de los militares profesionales d tropa y marinería a la escala de Suboficiales, en las que se les reserva la totalidad de las plazas. También se incluyen las equivalencias, convalidaciones y homologaciones con los sistemas generales, para mejorar las condiciones de los militares que decidan reincorporarse al mercado laboral.

Con el fin de asegurar que los Ejércitos dispongan de los mejores profesionales en los empleos más elevados de cada escala se definen criterios y se arbitran procedimientos que permitan identificar y potenciar e mérito y la capacidad, a la vez que se incentiva la preparación y dedicación profesionales, mediante la adecuada regulación de sistemas de ascenso.

IGUALDAD Y DERECHOS DE LOS MILITARES

Por lo que se refiere a la mujer, el Proyecto de Ley aplica el principio de igualdad en todas sus consecuencias, al suspender el servicio militar que sólo obligaba a los hombres y eliminar cualquier discriminación a la mujer, sin hacer distinciones en los destinos que puedan ocupar, sin perjuicio de que puedan establcerse diferencias en las pruebas físicas para su ingreso.

Respecto al régimen de derechos de los militares profesionales, permanece la regulación establecida en las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas, aunque se abren nuevos cauces para la presentación de propuestas ante los Consejos Asesores de Personal que se crean en el ámbito de cada Ejército, que contarán con representantes de los distintos cuerpos, escalas y empleos.

(SERVIMEDIA)
28 Ago 1998
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