APROBADO EL PROYECTO DE LEY DEL SECTOR FERROVIARIO

- Regula la apertura a la competencia del transporte ferroviario

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy remitir al Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley del Sector Ferroviario, que incorpora al Derecho español las tres directivas comunitarias que constituyen el llamado "Paquee ferroviario" y que permite una "progresiva" apertura del transporte ferroviario a la competencia.

Entre las medidas más importantes que recoge el proyecto, destaca la separación de la administración de la infraestructura y del transporte.

De esta forma, se atribuye la realización de la actividad de administración de infraestructura a la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, nueva denominación que pasará a tener la actual RENFE (excluidas las Unidades de Negcio dedicadas al Transporte Ferroviario) una vez absorbida de forma simultánea por la misma el actual Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF).

Esta entidad pública tendrá como objeto la construcción de nuevas infraestructuras ferroviarias, con sus propios recursos o con recursos ajenos, así como la administración de las infraestructuras de su titularidad y de aquellas otras que se le encomienden mediante el oportuno convenio.

Para el desarrollo de su actividad de administración de las infrastructuras ferroviarias se atribuyen al nuevo ente público competencias en relación al control e inspección de las mismas, la elaboración de la declaración sobre la red y la adjudicación de capacidad de infraestructura a las empresas ferroviarias solicitantes, por cuya utilización éstas deberán satisfacer el correspondiente canon, cuya regulación, asimismo, se establece.

Asimismo, se regula el acceso de las empresas ferroviarias al mercado del transporte de viajeros y de mercancías, y el régimen de otrgamiento de las correspondientes licencias ferroviarias, previo cumplimiento de una serie de requisitos, establecidos de conformidad con la normativa comunitaria antes citada.

Se establece la exigencia de que el personal ferroviario cuente con la cualificación suficiente que permita la prestación del servicio con las debidas garantías de seguridad y eficiencia, a cuyo objeto prevé un régimen de autorización y funcionamiento de centros de formación para dicho personal.

En cuanto al material móvilse refiere, se establece la exigencia de su homologación técnica y un régimen de autorización y funcionamiento de los centros que se encargarán de efectuar dicha homologación.

Finalmente, se prevé la creación de un órgano que tendrá por finalidad la investigación de accidentes en los transportes ferroviarios.

RENFE-OPERADORA

El proyecto de ley crea, a partir de las actuales Unidades de Negocio de RENFE dedicadas a la realización del transporte ferroviario, la entidad pública empresarial RENFE-Oeradora, que tendrá como objeto prestar servicios de transporte ferroviario de viajeros y de mercancías.

Asimismo, se regulan los plazos y la forma en que dicha nueva entidad asumirá los medios y activos que la actual RENFE ha tenido hasta ahora afectos a la prestación de los servicios ferroviarios.

La nueva ley no será de aplicación al transporte de viajeros hasta que la Unión Europea defina un marco común de apertura al mercado de este tipo de transportes.

(SERVIMEDIA)
14 Mar 2003
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