APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE ARBITRAJE

- Modernización del arbitraje: el proyecto de ley introduce algunas soluciones novedosas a cuestiones que venían planteando dificultades en la práctica arbitral, el uso de nuevos medios de comunicación y nuevas tecnologías.

- Homologación internacional del arbitraje: se tiene en cuenta la ley modelo elaborada por la Comisión de las Naciones nidas para el Derecho Mercantil Internacional, que ha sido adoptada por más de 35 países. Asimismo, se regula el arbitraje internacional y se establece el arbitraje en Derecho cuando no haya un pacto expreso de las partes, como en la mayoría de las legislaciones de nuestro entorno.

- Flexibilización y agilización del proceso arbitral: se suprime el carácter preceptivo de la protocolización notarial del laudo, se regula la designación judicial de los árbitros y la anulación del laudo arbitral a través el juicio verbal y se deja mayor libertad a las partes en cuanto a la designación de árbitros.

- Ampliación de las competencias de los árbitros: se reconoce un mayor margen de libertad a los árbitros para resolver los conflictos e, incluso, se les faculta para adoptar medidas cautelares.

- Aumento de la eficacia del laudo: se atribuye al laudo fuerza ejecutiva, incluso en el caso de que se ejercite la anulación, permitiendo la suspensión de la ejecución siempre que se preste caución suficiente. (SERVIMEDIA) 26-SEP-2003 CAA

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros acordó hoy remitir a las Cortes el proyecto de Ley de Arbitraje, cuyo objetivo principal es que los ciudadanos puedan resolver sus diferencias sin necesidad de acudir a juiio.

El proyecto de ley, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia y que ha recibido los informes favorables del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo de Estado, es, según el Gobierno, uno de los aspectos esenciales del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia.

Según el Ejecutivo, en los últimos años se ha producido un importante aumento de los asuntos planteados ante los tribunales, hasta superar la cifra de siete millones de casos e pasado año, ante lo cual la citada ley pretende facilitar la resolución extrajudicial de los conflictos.

Los ejes centrales de la Ley de Arbitraje son:

- Modernización del arbitraje: el proyecto de ley introduce algunas soluciones novedosas a cuestiones que venían planteando dificultades en la práctica arbitral, el uso de nuevos medios de comunicación y nuevas tecnologías.

- Homologación internacional del arbitraje: se tiene en cuenta la ley modelo elaborada por la Comisión de las Naciones nidas para el Derecho Mercantil Internacional, que ha sido adoptada por más de 35 países. Asimismo, se regula el arbitraje internacional y se establece el arbitraje en Derecho cuando no haya un pacto expreso de las partes, como en la mayoría de las legislaciones de nuestro entorno.

- Flexibilización y agilización del proceso arbitral: se suprime el carácter preceptivo de la protocolización notarial del laudo, se regula la designación judicial de los árbitros y la anulación del laudo arbitral a través el juicio verbal y se deja mayor libertad a las partes en cuanto a la designación de árbitros.

- Ampliación de las competencias de los árbitros: se reconoce un mayor margen de libertad a los árbitros para resolver los conflictos e, incluso, se les faculta para adoptar medidas cautelares.

(SERVIMEDIA)
26 Sep 2003
CAA