APROBADA UNA SUBIDA GENERAL DE LAS PENSIONES MINIMAS, QUE ENTRARA EN VIGOR EN ENERO
- Se abre la posibilidad de jubilarse anticipadamente para quienes no hayan cotizado antes de enero de 1967
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La comisión de seguimiento del Pacto de Pensiones, en la que están el Gobierno, CCOO y los empresarios, logró esta tarde alcanzar un acuerdo por el que se aprueba poner en marcha e enero de 2002 una subida generalizada de las pensiones más desfavorecidas.
La subida más destacada se corresponde con las pensiones de viudedad con cargas familiares, que elevan del 45% al 70% la base reguladora sobre la que se calculan. Los colectivos de viudas creen que supondrán, para algunas prestaciones, incrementos de hasta el 55%.
Respecto a las prestaciones de viudedad sin cargas familiares, las más comunes, se eleva del 45% al 46% la base reguladora sobre la que se cacula y el Gobierno e ha comprometido a incrementar dos puntos por año el porcentaje de cálculo, durante los próximos tres años, hasta llegar al 52% en 2005.
Mientras, para las pensiones de orfandad se ha pactado prolongar un año su duración: así, se amplía de 20 a 21 años la edad para cobrar una pensión parcial de orfandad (huerfanos de uno de los padres) y de 23 a 24 años para casos de orfandad total.
Asimisimo, las pensiones mínimas de jubilación y viudedad, para perceptores de menos de65 años, se incremetarán n enero un 3,5%, más la desviación de la inflación. Finalmente, el Subsidio de Invalidez y Vejez (SOVI), aumentarán su cuantía un 2,5% más la desviación de los precios.
JUBILACION ANTICIPADA
Por otra parte, la Comisión aprobó permitir el acceso a la jubilación anticipada para quienes no hayan cotizada a la Seguridad Social antes de enero de 1967, requisito que impedía jubilarse anticipadamente a muchos trabajadores, principalmente procedentes del sector agrario y que, posteriormente a ese año, se inorporaron al Régimen General de la Seguridad Social.
De todas formas, para poder jubilarse anticipadamente habrá que tener 30 años cotizados y seis meses de paro y se sufrirá las correspondientes penalizaciones por año anticipado de la pensión, que pueden llegar hasta un 8% por año.
(SEGUIRA AMPLIACION)
(SERVIMEDIA)
26 Nov 2001
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