APROBADA LA REGLAMENTACION TENICO-SANITARIA DEL SECTOR HELADERO
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El Gobierno aprobó hoy la reglamentación tecnico-sanitaria para la elaboaración, circulación y comercio de helados y mezclas envasadas para congelar, equiparando las exigencias a este sector con las que tienen el resto de los países comunitarios.
Los helados podrán fabricarse de crema, de leche entera y desnatada, deagua, sorbetes y como postres de helado. Los helados podrán denominarse con su nombre específico y con la precosición "con", siempre que cuente con un 10% de fruta o un 7% en caso de frutos de cáscara. De no llevar estos porcentajes, llevarán la mención "sabor".
En caso de llevar un 4% de yema de huevo se podrá llamar mantecado y los semisólidos cuyo extracto seco sea un mínimo de 10% podrán denominarse granizados.
También recoge las medidas de higiene que deberán complir los lugares de producció, distribución y conservación; además de las infracciones y sanciones.
(SERVIMEDIA)
17 Abr 1998
EBJ