APROBADA LA DIRECTIVA SOBRE ALIMENTOS TRATADOS CON RADIACIONES IONIZANTES

BRUSELAS
SERVIMEDIA

El Parlamento Europeo y el Consejo han aprobado la directiva sobre alimentos tratados con radiaciones ionizantes que prevé, entre otras medidas, que estos productos sólo podrán autorizarse cuando sea necesario desde el punto de vista tecnológico, no presenten riesgos para la salud, sean beneficiosos para el consumidor y no se utilicen como sustitutos de medidas de higiene o sanitarias.

La nueva directiva establece que sólo se puede utilizar la irradiación de productos alimenticios cuando supongan una reducción de los riesgos causados por los productos alimenticios, mediante la destrucción de los organismos patógenos y la eliminación, en ellos, de los organismos nocivos.

Respecto al etiquetado de estos productos ionizados, la directiva prevé que, en el caso de alimentos destinados al consumidor final, se vendan en embalajes individuales que incluyan en la etiqueta la mención de "iradiado" o "tratado con radiación ionizante". Del mismo modo, se debe mencionar cuando un producto utiliza otro irradiado como ingrediente.

Si los productos no están destinados al consumidor final o a colectividades, se deberá indicar la identidad y la dirección postal de la instalación en que se haya practicado la irradiación o el número de referencia de la misma.

En este caso, cada Estado miembro tendrá que comunicar a la Comisión los datos de las instalaciones de irradiación, que deberán llevarun registro en el que consten el tipo y cantidad de productos alimenticios irradiados, los destinatarios, la fecha y el material de envasado utilizado.

Por otra parte, la Comisión Europea presentará, antes del 31 de diciembre del 2000, una propuesta para completar la lista comunitaria de los productos alimenticios que podrán tratarse.

El Parlamento Europeo y el Pleno tienen previsto, con esta directiva, que se autorice la comercialización y el empleo de los alimentos irradiados antes del 20 de setiembre del año 2000.

(SERVIMEDIA)
19 Mar 1999
E