APARCAR EN ZONA ORA SIN TICKET O SUPERAR EL TIEMPO PERMITIDO ES UNA INFRACCION MERECEDORA DE GRUA, SEGUN EL SUPREMO
- Considera que las medidas sancionadoras de tráfico deben estar encaminadas a proteger derechos colectivos como el medio ambiente
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Aparcar el coche en una zona de estacionamiento limitado sin habr pagado el importe de la estancia o superar el tiempo permitido es una infracción grave equiparable al entorpecimiento del tráfico y legitima a las autoridades municipales a retirar el vehículo, según una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo confirma así las resoluciones del Ayuntamiento de Santander por las que se obligó a pagar 6.000 pesetas al propietario de un vehículo que previamente había sido retirado por la grua, debido a que estuvo aarcado sin el ticket correspondiente en una zona de estacionamiento limitado.
El Tribunal Superior de Justicia de Santander había anulado ambas resoluciones, amparándose en que el vehículo estacionado no entorpecía el tráfico. Sin embargo, el Supremo considera que aparcar un coche en una zona limitada sin su ticket o superar el tiempo permitido es una "infracción muy grave".
Por esta razón, el Alto Tribunal establece que "las ordenanzas municipales reguladoras de las zonas de estacionamiento de vhículos pueden limitar el tiempo máximo que se permita mantener estacionado un vechículo en un mismo lugar situado dentro de aquellas zonas" y agrega que cuando los coches estén aparcados sin su ticket correspondiente, las autoridades municicpales podrán aplicar "una medida cautelar consistente en la retirada del vechículo y su traslado al depósito" correspondiente.
Además, el Alto Tribunal sostiene que las tasas que establecen las autoridades municipales y que deben ser pagadas de forma "inmediata" cmo requisito previo para recuperar el coche, son conformes a derecho.
EL TRAFICO Y SUS CONSECUENCIAS
El Supremo no se limita a resolver este litigio, sino que además hace una extensa reflexión sobre las necesidades de regular el tráfico por el bien de los derechos colectivos, del medio ambiente y del patrimonio artísitco.
"La ordenación del tráfico urbano adquiere en nuestros días una nueva y relevante dimensión pública", dice el Supremo. Puede afirmarse sin exageración que su correcta regulacin influye no sólo en la libre circulación de vehículos y personas, sino incluso también en el efectivo ejercicio de otros derechos como [...] el disfrute de servicios tan imprescindibles como los sanitarios, educativos, culturales...etc".
Además, el Supremo recuerda que la regulación viaria afecta también a "la protección del medio ambiente y la defensa del Patrimonio Artístico, amenazados uno y otro por agresiones con origen de dicho tráfico".
Para los magistrados, la disponiblidad de espacios fsicos en zonas de dominio público para el estacionamiento de vehículos, su ocupación temporal de un modo limitado y rotativo, forma parte de ese conjunto de medidas que sirven para paliar los aspectos negativos de una realidad social que afecta a interesas colectivos como los antes descritos.
A juicio del Alto Tribunal, "aquellas conductas que, sin causa justificada alguna, bloquean los espacios públicos acotados, poniéndolos al servicio exclusivo de unos pocos usuarios durante un tiempo superior al prmitido, personal y unilateralmente determinado, causan así un claro perjuicio [...] a quienes circulan por las vías públicas de la ciudad con la legítima aspiración de encontrar un lugar para el estacionamiento temporal".
(SERVIMEDIA)
01 Jul 2000
VBR