UN APARCAMIENTO DEBERÁ PAGAR 450 EUROS A UN CLIENTE QUE SE ENCONTRÓ UNA RUEDA DAÑADA AL RETIRAR SU VEHÍCULO
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El aparcamiento de un centro comercial de Madrid deberá pagar 443,64 euros a un cliente que aparcó allí su coche, un BMW, y al retirarlo tenía una rueda dañada, según una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid.
Los hechos que han dado lugar a la sentencia se produjeron en mayo de 2006, en el aparcamiento del centro comercial La Vaguada. El caso ha sido defendido por los letrados del Comisariado Europeo del Automóvil (CEA), que ha difundido la decisión judicial.
Para el juzgado, en "un parking cerrado y vigilado por el que pagaba precio según el tiempo de estancia, el deber de vigilancia y cuidado es contractualmente exigible a la demandada".
La sentencia da la razón al dueño del vehículo, dado que no se ha acreditado que el daño en el neumático se produjera fuera del aparcamiento o antes de entrar en él.
Según la ley que regula el contrato de aparcamiento de vehículos, los titulares de los aparcamientos tienen la obligación de restituir el vehículo al portador del justificante o resguardo del estacionamiento en el mismo estado en el que fue entregado.
(SERVIMEDIA)
02 Abr 2008
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