ANULADA LA CONDENA A UN GUARDIA CIVIL POR HABLAR EN UN INFORMATIVO DE TELECINCO

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia dictada contra un guardia civil en la que se confirmaba una sanción disciplnaria contra el agente por haber realizado unas declaraciones en la cadena Telecinco, en las que reclamaba atención a sus superiores sobre el alto número de bajas y suicidios ocurridos en el cuerpo.

El agente, Juan Andrés Molina Melero, fue castigado con la pérdida de 20 días de sueldo por una falta grave prevista en el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, que sanciona "hacer reclamaciones a través de los medios de comunicación social". La decisión fue respaldada por el Tribunal Militar Central n 2001.

Molina apareció en un informativo autonómico de la cadena Telecinco en Cataluña, en agosto de 2000, en el que se trataba el traspaso de competencias en materia de tráfico de la Guardia Civil a los Mossos d'Esquadra que se iba a producir a partir del 1 de diciembre de 2000.

El agente compareció como representante de una asociación de la Guardia Civil en Barcelona y contestó a una pregunta de la presentadora que trataba sobre el alto número de bajas que había sufrido el instituto armado, unbuen número de ellas en Cataluña.

"Son datos que dan alarma y que, bueno, habrían de hacer reflexionar a los que mandan para que lo tengan en cuenta, porque lo estamos padeciendo los que estamos destinados aquí en Cataluña", contestó el agente.

El Alto Tribunal entiende que las declaraciones del guardia civil no se hicieron a título personal, sino como representante territorial de una asociación legalmente constituida. Además, señala que el agente compareció de paisano y con un rótulo bajo él en l que se dejaba claro que hablaba como delegado de un colectivo.

La sentencia del Supremo, difundida hoy, indica que el agente "tenía derecho a expresarse libremente, tal y como le confiere la Constitución, pudiendo hacer declaraciones, incluso en los medios de comunicación social, sin necesidad de autorización (de los superiores), salvo cuando hubiera de tratar cuestiones que pudieran perjudicar a la seguridad nacional".

El Alto Tribunal concluye que "no existió por parte del agente el planteaminto público de algún conflicto, real o supuesto, subyacente en el seno del instituto armado", porque se limitó a contestar la pregunta planteada por la presentadora del espacio.

(SERVIMEDIA)
12 Dic 2003
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