Anula el sobreseimiento de la querella por la obra "Teledeum" -------------------------------------------------------------
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El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Provincial de Valencia que juzge a los miembros de la compañía de teatro "El Joglars", que dirige Albert Boadella, para determinar si su montaje "Teledeum" puede incurrir en un delito de escarnio y ultraje a una confesión religiosa.
Un grupo de personas presentó, en enero de 1985, una querella criminal contra los miembros del grupo, que en esas fechas presentaban su obra en el "Teatre Valencia-Cinema" de la capital del Turia.
La denuncia afirmaba que el contenido del montaje teatral, una parodia sobre determinados aspectos de la liturgia católica, podía ser constitutivo e los delitos de profanación, escarnio y blasfemia.
El tribunal valenciano sobreseyó, sin embargo, el caso, al estimar que la representación teatral de "Els Joglars" no contenía ninguno de los aspectos fundamentales que configuran estos tres delitos en el Código Penal, decisión que fue recurrida ante el Supremo.
Para la Sala de lo Penal de este tribunal, es evidente que, con la obra, la compañía de Albert Boadella "parece llevar a cabo una ridiculización" de todos los personajes religiosos intervnientes, una "rechifla" del carácter sagrado que para los cristianos tiene la "palabra de Dios", una "mofa" del sacramento de la confesión y una "befa" generalizada de los ritos de la liturgia cristiana en general y católica en particular.
En opinión del Supremo, recogida por el magistrado Fernando Díaz Palos, este cuadro reúne los requisitos exigidos por el artículo 208 del Código Penal para tipificar el delito de ultraje y escarnio a una confesión religiosa.
Por ello, ordena a la audiencia valecia que decrete la apertura de juicio oral contra los miembros de "Els Joglars" sólo por este delito, manteniendo la desestimación de las acusaciones de profanación y blasfemia.
(SERVIMEDIA)
17 Ene 1991