EL ANTEPROYECTO DE CODIGO PENAL PERMITE AL JUEZ INHABILITAR A CAZAORES Y PESCADORES
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El anteproyecto de Código Penal presentado por el Gobierno faculta al juez para inhabilitar para el ejercicio de la caza y la pesca a aquellos que capturen especies protegidas, comercien con ellas, dificulten o impidan su reproducción o empleen medios o instrumentos de gran eficacia destructiva.
Estas premisas están incluidas en el tercer capitulo del decimotercer título, que regula los delitos relativos a la ordenación del territorio, el medio ambinte, la caza y la pesca.
La propuesta de Código Penal castiga, asimismo, la edificación en suelo no urbanizable o en un lugar de considerable valor paisajístico, histórico, artístico o cultural, así como el derribo o alteración grave de edificos protegidos.
También tipifica la actividad del funcionario que informa favorablemente un proyecto o concede licencias contrarias a las normas urbanísticas y la de los miembros del organismo otorgante que valoran favorablemente su concesión "a sabiendas de u ilegalidad".
Otro de los aspectos que recoge el antrepoyecto hace referencia a las emisiones, radiaciones, vertidos o vibraciones que pueden perjudicar gravemente la salud de las personas o las condiciones de vida animal, bosques, especies naturales o plantaciones.
La pena será más grave si la industria contaminante funciona clandestinamente y el juez podrá clausurar cautelarmente la actividad de la empresa.
Por su parte, el título decimocuarto incluye los delitos de riesgo catastrófico, epecialmente los relativos a la energía nuclear; los incendios y otros estragos.
La propuesta del Ejecutivo endurece las penas por actos relacionadas con incendios forestales y contempla como falta los siniestros y estragos cometidos en bienes propios.
(SERVIMEDIA)
14 Feb 1992
GJA