ANDALUCÍA APRUEBA EL PROYECTO DE LA LEY QUE REGULARÁ LA MEDIACIÓN EN LOS CONFLICTOS FAMILIARES
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El Consejo de Gobierno andaluza aprobó hoy el proyecto de la Ley de la Mediación Familiar en Andalucía, que regulará este procedimiento extrajudicial para la resolución de conflictos entre miembros de una familia a través de la intervención de profesionales especializados, imparciales y neutrales.
Este texto legal ya fue remitido al Parlamento andaluz el pasado mes de octubre, pero no pudo ser aprobado al agotarse la legislatura.
El proyecto establece quién puede solicitar la mediación y qué conflictos pueden entrar en su ámbito, así como el régimen sancionador por el incumplimiento de los deberes que corresponden a los profesionales mediadores en el ejercicio de sus funciones.
De acuerdo con el texto, pueden solicitar voluntariamente la mediación personas casadas, parejas de hecho, parejas sin vínculo legal pero con hijos comunes y familiares hasta el tercer grado de consanguinidad, además de personas adoptadas o acogidas y sus familias biológicas, adoptivas o acogedoras, y también las que ejerzan la tutela sobre menores y sobre personas con discapacidad intelectual.
Entre los conflictos que podrán ser objeto de mediación, figuran los relativos a medidas motivadas por separaciones, divorcios o disoluciones de parejas de hecho; cuestiones relativas al derecho de alimento y cuidado de personas en situaciones de dependencia; relaciones de menores con sus parientes, tutores o guardadores, y ejercicio de la patria potestad o tutela.
La mediación familiar, no obstante, quedará expresamente excluida en situaciones en las que exista violencia o maltrato sobre la pareja, hijos o cualquier otro miembro de la familia.
El procedimiento no supondrá ningún coste para quienes cumplan los requisitos que actualmente rigen en la asistencia jurídica gratuita. En el resto de los casos, se abonarán las tarifas que se establezcan reglamentariamente.
De igual modo, se garantizan los principios de voluntariedad de las partes que soliciten la mediación, la imparcialidad y neutralidad de la persona mediadora y la confidencialidad de la información obtenida durante el proceso.
La mediación será ejercida por profesionales con titulación universitaria en disciplinas de Derecho, Psicología, Psicopedagogía, Sociología, Pedagogía, Trabajo Social, Educación Social o cualquier otra licenciatura o diplomatura de carácter social, psicológico o jurídico.
Estos profesionales quedarán inscritos en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía, cuya creación también dispone el proyecto de ley. El posterior desarrollo reglamentario determinará la formación específica y la experiencia que deberán acreditar.
En cuanto al régimen disciplinario aplicable a los profesionales mediadores, la norma prevé sanciones que van desde los 300 euros para las infracciones leves hasta los 15.000 euros y la suspensión de la actividad entre uno y tres años para las muy graves.
(SERVIMEDIA)
01 Jul 2008
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