LA AMINISTRACION CONDENA A LOS INMIGRANTES A VIVIR EN SOLEDAD
- Extranjeros con casi cinco años de residencia no consiguen visado para traer a sus familias
- A un marroquí casado con una española le impiden residir en España y dar sus apellidos a su hija
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Numerosos trabajadores extranjeros que residen legalmente en España desde hace casi cinco años no pueden traer a sus familias a nuestro país para vivir con ellas. La Administración española, con el argumeno de que prepara una normativa para regular esta situación, ha congelado desde 1991 la concesión de "visados de reagrupación familiar".
Uno de los casos que ilustran esta situación es el de Olga Vilavella y Mohamed Ebbajaddi. Se trata de una pareja formada por una madrileña y un marroquí, que tuvieron una hija hace dos años. En junio de este año, Mohamed solicitó la exención de visado para poder vivir en España junto a su familia. Este mes, la Delegación del Gobierno en Madrid se lo ha denegado porque"no concurren circunstancias excepcionales" en su caso.
Pero si el caso de Mohamed y Olga no es excepcional para la Delegación del Gobierno en Madrid, tampoco para el Ministerio de Asuntos Exteriores lo es el de Mamadou Limine, protagonista de la película "Las Cartas de Alou" y a quien han denegado -tras casi dos años de trámites burocráticos- el "visado de reagrupación familiar" a su hijo de trece años, que vive en Dakar (Senegal).
Aparentemente, los inmigrantes extranjeros que quieran traer a ss familias de su país de origen, como para los matrimonios mixtos, la normativa española establece que pueden solicitar un visado especial por reagrupación familiar. También se contempla la exención de visados por "causas excepcionales".
Sin embargo -y ante las dificultades para obtener tanto del Ministerio de Interior como Asuntos Exteriores el número de extranjeros que se han acogido a estas dos fórmulas-, fuentes de Cáritas Diocesana de Madrid informaron a Servimedia que a los inmigrantes que llega hasta sus oficinas preguntando por los visados de reagrupación familiar simplemente no les informan porque "están congelados".
NO A LA EXENCION DE VISADOS
La imprecisión con la que está redactada la Ley de Extranjería y el reglamento que la desarrolla permite una gran discrecionalidad en su aplicación, explicó a Servimedia el abogado de la Asociación de Trabajadores Inmigrantes Marroquíes (ATIME), Alejandro Framiñán.
El reglamento de la Ley de Extranjería establece que "las autoridades gubernaentales podrán eximir a un extranjero de la obligación de visado, si existiesen razones excepcionales que justifiquen tal dispensa", explicó Framiñán, "pero no especifican cuáles son las razones excepcionales, por lo que la mayoría de las solicitudes que hemos presentado nos las han denegado".
Según confirmaron a Servimedia fuentes del Ministerio del Interior, la exención de visados es una vía prácticamente cerrada.
MOHAMED Y OLGA
Así ha ocurrido con Mohamed, quien entró clandestinamente en Espña hace cinco años. Tiempo después fue detenido en Barcelona por la policía: no disponía ni de permiso de residencia ni de trabajo, era un "ilegal". Consiguió llegar hasta Madrid, donde encontró empleo y conoció a Olga. En 1991, su compañera quedó embarazada y Mohamed, abierto el proceso de regularización de inmigrantes, decidió acogerse a él, ya que cuenta con un contrato de trabajo.
En 1992 nació su hija y un juez de Pozuelo, donde viven y a donde acudieron para inscribirla, les impidió que lleve suapellido. Mientras tanto, los archivos de Interior revelan que Mohamed tiene un antecedente policial: la detención en Barcelona, y se le niega la regularización.
Mohamed y Olga se casaron ese mismo año, con la esperanza de que las cosas mejoraran y él pudiera vivir de forma estable en España. En junio de este mismo año solicitaron la exención del visado. Hace unos días, la Delegación del Gobierno en Madrid se la denegó.
A Framiñán, el abogado al que han acudido, sólo le queda un paso más que dar:presentar un recurso ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La resolución puede tardar un año y es demasiado tiempo para Mohamed.
En febrero se le acaba su contrato de trabajo y, si no tiene la documentación en regla, el empleador le ha dicho que no podrá contratarlo nuevamente, y en el peor de los casos, tampoco podrá beneficiarse del paro. Olga sugiere acudir al Defensor del Pueblo o escribir al Rey, "porque no tenemos tiempo y ésto hay que solucioarlo como sea".
La Ley de Extranjería señala en su preámbulo que "circunstancias como el parentesco o el tiempo de permanencia merecen una consideración preferentemente para la obtención de los permisos respecto a otras situaciones de extranjerías más ocasionales". Pero, a juicio de Mohamed, "son palabras que no obligan a nada".
VISADO DE REAGRUPACION
Otra alternativa, que le han aconsejado a Mohamed en el Ministerio de Asuntos Exteriores, es la de volver a su país y solicitar desde allí, en elconsulado de España más próximo, un visado de reagrupación familiar. A juicio de Framiñán, "es una encerrona más, y si se va ya no podrá volver a entrar en España".
El visado de reagrupación familiar es la única vía legal a la que pueden acogerse los inmigrantes que quieren traerse a la familia que dejaron en su país de origen.
En el Ministerio de Asuntos Exteriores -donde dicen no disponer de los datos de extranjeros que lo han solicitado-, un despacho atendido por una señorita reparte "un papelto" a cualquier persona que solicita información sobre los visados de reagrupación familiar.
El "papelito" señala los nueve documentos que se exigen al inmigrante que aspira a traerse a su familia y que deben presentarse en el consulado de España más cercano a la familia afectada: pasaporte en vigor con una duración mínima de 180 días; certificados de penales del que se reclama; certificado médico; de parentesco, fotocopia de tarjeta de residencia por un año como mínimo; carta de manifestaciones legalzada ante notario y colegio notarial; fotocopia de escritura del piso o contrato de alquiler; fotocopia de las tres últimas nóminas o declaración de la renta y fotocopia de la tarjeta de la Seguridad Social.
La señorita asegura que, tras formalizarse la solicitud, ésta es contestada en el plazo de 30 días. Mamadou Limine tiene otra opinión: "He tardado casi dos años en gestionar la documentación en Senegal para un visado de reagrupación familiar para mi hijo de 13 años, y finalmente le han dado un visdo de turista, con lo que dentro de tres meses será un ilegal, lo que no me permitirá inscribirlo en un colegio".
Mamadou entró en España "ilegalmente" en 1985, pero no fue hasta 1989 cuando consiguió su permiso de residencia. Trabaja en el sincidato CCOO y le gustaría traerse también a su mujer, pero sus esperanzas son escasas tras comprobar las dificultades que ha tenido su hijo.
El Ministerio del Interior argumenta que ha paralizadao, desde 1991, la llegada de familias de inmigrantes porque esá pendiente, por parte de la Comisión Interministerial de Extranjería, de aprobar una normativa que regule su entrada y evite "la formación de guetos o bolsas de marginación", en palabras de Fernando Puig de la Bellacasa, director general de Política Interior.
En Interior también recuerdan que hubo un proceso de regularización para los familiares de los inmigrantes en 1991. Sin embargo, muchos no se enteraron y la mayoría estaban más preocupados en resolver su situación que la de su familia.
Mienras tanto, y hasta que la Administración se avenga a decidir cuál es la fórmula más adecuada para impedir esos guetos, numerosos inmigrantes ven frustrado su deseo de vivir con su familia, un derecho natural que muchos sociólogos, como Carlos Giménez, consideran esencial para facilitar la integración social y estabilidad de los inmigrantes.
(SERVIMEDIA)
17 Oct 1993
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