ALTADIS DEBERÁ COMPENSAR A SUS TRABAJADORES POR NO ENTREGARLES TABACO PROMOCIONAL
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Altadis deberá compensar a sus trabajadores por el perjuicio económico que les supone la supresión de la entrega del tabaco promocional que venían recibiendo, hasta la entrada en vigor de la Ley Antitabaco que prohíbe esta práctica.
Según informó Altadis, el Tribunal Supremo, en una sentencia conocida hoy, considera que esta prohibición legal de entregar tabaco ocasiona un perjuicio económico a los trabajadores y jubilados que lo venían percibiendo, perjuicio económico quedebe restablecerse.
El Supremo explica que el tabaco ha de sustituirse por su valoración económica a precio de coste de fabricación, junto al impuesto correspondiente. Dicho coste deberá establecerse de acuerdo a los parámetros técnicos de producción.
La tabaquera dice acatar la sentencia y por tanto, la ejecutará. Además, considera que "es una sentencia razonable, dado que rebaja sustancialmente la compensación económica que establecía la sentencia de la Audiencia Nacional, al determinar ahora que esa compensación deberá ser a precio de coste de fabricación y no al valor del precio de venta al público, como determinaba la Audiencia".
(SERVIMEDIA)
01 Abr 2008
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