LA AGENCIA DE TUTELA DE ADULTOS DE LA COMUNIDAD ATENDIÓ A CASI 3.000 PERSONAS INCAPACITADAS EN 2008
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La Agencia de Tutela de Adultos de la Comunidad de Madrid (AMTA) tuteló durante el año 2008 a un total de 2.978 personas mayores de edad declaradas por un juez incapaces para gobernarse por sí mismas, y que normalmente carecen de familiares, lo que supuso un aumento del 16% respecto a 2007.
Este organismo regional nació para garantizar la protección personal y patrimonial de estas personas. Desde su creación, en 1995, esta agencia, dependiente de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, atendió a un total de 7.439 personas mayores de edad incapacitadas.
De las 2.978 personas incapacitadas atendidas por este organismo en 2008, la mayoría tenían demencia (32%) o algún tipo de enfermedad mental (33%). El resto de los usuarios, aunque en un porcentaje muy inferior, tenía esquizofrenias o demencias derivadas de alguna patología asociada (alzheimer, alcoholismo, etcétera).
La mayoría de las personas tuteladas (un 18%) tiene edades comprendidas entre los 50 y los 59 años, y entre los 40 y 49 años (un 16%). Por sexos, un 51% de los tutelados son mujeres y el resto hombres.
Según informó hoy el Gobierno regional, las cuentas de la Agencia Madrileña de la Tutela de Adultos se enviarán a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, trámite que exige la ley de 1990 para todos los entes públicos regionales. El Ejecutivo de Aguirre invirtió el pasado año 3.588.175 euros para la protección integral de estos madrileños.
La Comunidad de Madrid fue una de las primeras comunidades autónomas en poner en marcha un sistema de tutela para las personas que se encuentran en estas circunstancias. Esta agencia da cobertura a todas las necesidades de estas personas prestándoles una protección integral basada en tres áreas específicas de acción: jurídica, económica y social.
Desde su creación, la agencia se ha encargado principalmente de dar cobertura a todas las necesidades personales, sociales y vitales, de asumir la defensa y representación judicial y de efectuar la protección patrimonial de todas las personas con capacidad legal limitada que, además, se encuentran en situación de desprotección por carecer de familiares que puedan responder por ellos.
(SERVIMEDIA)
11 Jun 2009
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