LA AEME DENUNCIA QUE LA IGUALDAD DE DERECHOS NO LLEGA A LA MUJER MARROQUI

MADRID
SERVIMEDIA

Aunque las autoridades marroquíes reconocen formalmente los derechos de las mujeres reflejados en su constitución (el Dustur) y en los acuerdos internacionales, en la práctica son ignorados, incluso jurídicamente a través de otras leyes, sgún denunciaron fuentes de la Asociación de Emigrantes Marroquíes en España (AEME).

En Marruecos, la legislación que se aplica de hecho varía según el ámbito, en opinión de los inmigrantes magrebíes. Las relaciones entre las tribus se rigen por la moral prevalente antes de la aparición del Islam, el derecho familiar por la Charia (ley musulmana que contiene la Mudawana, conjunto de leyes que rigen las relaciones personales) y las instituciones políticas y económicas lo hacen por leyes de corte occidenal.

"De hecho", dice la AEME, "el estatuto jurídico de la mujer está dividido entre las contradicciones de estas diferentes componentes".

Según la Mudawana, el marido está autorizado a pegar a la mujer para corregirla y llevarla a asumir sus deberes en el plano sexual. "Un pleito de la mujer en este caso no llegará a tramitarse", señala la AEME.

Las mujeres nunca son consideradas maduras mentalmente por la Mudawana, que las obliga a depender toda la vida de un tutor: primero el padre y luegoel marido. Sin embargo, reconoce a ésta el derecho de aceptar o rechazar un marido, aunque a veces traslada este derecho a su familia.

DERECHO A LA POLIGAMIA

Según este código familiar, el matrimonio es un medio esencial de reproducción y el hombre tiene derecho a la poligamia y a repudiar a su mujer una vez casados o, en caso contrario, a divorciarse. La Charia explica la exclusividad de este derecho otorgado al hombre por la razón de que éste es más maduro que la mujer y, por tanto, más responsabl en sus decisiones.

Si la mujer decide abandonar a su marido, la Mudawana condena este hecho y la priva de todo derecho sobre el marido, que, en cambio, puede prohibir a su mujer casarse de nuevo durante un período que va de 7 años a toda la vida.

Sin embargo, la Mudawana concede exclusivamete a la mujer, y después de ella a su familia, el derecho a la custodia de los hijos.

Por otro lado, el acceso de la mujer al trabajo depende del visto bueno del tutor o marido. La firma del marido es necsaria para el acceso de ésta a los empleos de la Administración, así como para que la mujer disponga de sus propios bienes.

En cuanto al Código Penal, el artículo 418 establece circunstancias atenuantes en el caso de una agresión física o crimen cometido por el marido contra su mujer o su amante en caso de adulterio. Mientras el marido puede ser condenado a una pena de prisión de uno a cinco años, e incluso puede beneficiarse de una libertad condicional, la mujer puede ser condenada de diez a veinte aos por el mismo delito.

(SERVIMEDIA)
02 Ene 1992
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