LA ADMINISTRACION HARA UN SEGUIMIENTO ANUAL DE LOS RESULTADOS DE LOS ALUMNOS CON NECESIDADES ESPECIALES
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La Ley Orgánica de Educación (LOE) establece que, al finalizar cada curso académico, las administraciones educativas evaluarán los resultados obtenidos por los alumnos con necesidades especiales, con el fin de que proporcionarles una orientación adecuada y favorecer su integración.
La nueva ley educativa establece en su artículo 74 que la identificación y valoración de las necesidades educativas de estos alumnos se realizará lo más tempranamente posible por personal con debida cualificación y en los términos que determinen las administraciones educativas.
Corresponde también a las administraciones educativas promover la escolarización de esos alumnos en Educación Infantil, desarrollar programas para su adecuada escolarización en Primaria Y Secundaria, y adaptar las condiciones de realización de las pruebas para las personas con discapacidad que así lo requieran.
Con el fin de facilitar la integración social y laboral de esos alumnos que no superen la educación obligatoria, las Administraciones Públicas fomentarán ofertas formativas adaptadas a sus necesidades específicas.
(SERVIMEDIA)
25 Jul 2005
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