LAS ACADEMIAS INCUMPLEN SISTEMATICAMENTE LA NORMATIVA SOBRE PUBLICIDAD, SEGUN UN ESTUDIO DE USUARIOS DE LA COMUNICACION

- Más del 90 por ciento de los anuncios no respetan alguna de las exigencias de los decretos que reglan esta publicidad

- Muchas academias no sólo excluyen datos sobre el centro, sino que son "engañosos" en su publicidad

MADRID
SERVIMEDIA

Las academias y los centros docentes no estatales incumplen de forma sistemática las diferentes normativas sobre publicidad en prensa, según se desprende de un estudio de la Asociación de Usuarios de la Comunicación al que ha tenido acceso Servimedia.

Más del 90 por ciento de los anuncios incluidos en este estudio, realizado entre los mese de septiembre y diciembre del pasado año, no respetan alguna o varias de las exigencias de los decretos que regulan la publicidad de este ámbito de la enseñanza.

En 170 de los 182 anuncios analizados en prensa de gran tirada, la AUC señala que se produce "un incumplimiento generalizado tanto en los centros docentes no estatales, en los no sometidos a autorización y en los centros de enseñanza a distancia".

Los 12 anuncios restantes cumplían parcialmente los requisitos sobre publicidad exigidos e la normativa reguladora de enseñanza, obviando algunos datos menores "que podrían conducir a engaño".

El estudio está distribuido en tres apartados, dedicados a academias y centros se enseñanza no estatales que necesitan autorización; centros no sometidos al principio de autorización, y centros privados de enseñanza a distancia.

En los centros docentes no estatales sometidos a autorización, el incumplimiento más habitual es que su publicidad no suele llevar el número con que figura el centro en l Registro Especial de Centros Docentes del ministerio.

Tampoco suele aparecer en estos anuncios ni el nombre de la persona física o jurídica titular del centro, ni las disposiciones administrativas por las que se autorizó la enseñanza impartida por el centro, ni la fecha de publicación en el BOE, y todos ellos son requisitos que recoge el real decreto de 1979 sobre centros que precisan autorización.

Un dato que suele ser incluído en los anuncios, pero de forma que puede provocar equívocos, es eltipo de subvención que recibe el centro, en el caso de que reciba ayudas de alguna institución pública española o europea.

POSIBLES INFRACCIONES

El estudio ha detectado irregularidades no sólo en los datos que deben incluir los anuncios de las academias, sino además en las materias anunciadas, circunstancias que para la AUC "podrían ser constitutivas de infracción administrativa".

Las irregularidades detectadas, relacionadas con una explicación poco clara de las materias impartidas, se refierensobre todo a las enseñanzas de informática, idiomas, marketing, publicidad y asesoría fiscal y laboral.

En la mayoría de los anuncios no queda claro si el centro es el que está total o parcialmente subvencionado o es la materia que se imparte, generalmente en idiomas o informática.

En los centros no sometidos al principio de autorización, los anuncios no hacen constar el titular del centro y no mencionan expresamente que las enseñanzas impartidas por el centro carecen de validez académica.

Rspecto a los centros privados de enseñanza a distancia, un número importante de sus anuncios no destacan el número de registro general asignado al centro con la fecha de publicación en el BOE, según el real decreto de 1980 sobre esta materia.

(SERVIMEDIA)
02 Mar 1995
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