MADRID

ABSUELTO DE NARCOTRAFICO PORQUE NO SE PROBO LA PUREZA DE LA DROGA QUE SE LE INCAUTO

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que absuelve a un hombre de un delito contra la salud pública porque no se probó la pureza de la droga que se le incautó.

Los hechos que han dado lugar a la sentencia se produjeron en Barcelona el 4 de mayo de 2003 a las tres y media de la madrugada, cuando la policía detuvo a Guillem M.B. mientras se encontraba dentro de un Opel Corsa, manipulando la parte baja del vehículo.

La policía le intervino un monedero de piel que estaba oculto en la tapa del cambio de marchas y que contenía varios envoltorios con un total de 6.998 gramos de cocaína, así como una caja de caramelos con 47 compromidos, que resultaron ser 7.758 gramos de éxtasis.

La Audiencia Provincial de Barcelona condenó a Guillem M.B. como responsable de un delito contra la salud pública a tres años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 2.000 euros con 20 días de arresto sustitutorio en caso de impago.

Sin embargo, el Supremo anula dicha sentencia, ya que el informe del Instituto Nacional de Toxicología, utilizado como prueba de cargo contra el reo, no hablaba de la pureza de la droga incautada y apuntaba tan sólo que "la misma se hallaba adulterada".

"La parte acusadora (Ministerio Fiscal) pudo haber interrogado al perito sobre la cantidad mínima de componente activo que debe poseer la sustancia objeto de análisis para la detectación de su naturaleza o cualidad tóxica, pero no lo hizo", dicen los magistrados.

Así, los magistrados dan la razón al recurrente, para quien al no constar la pureza de la sustancia, "no queda acreditado si la misma alcanza los mínimos de nocividad para la salud".

Al no constar este dato objetivo, los magistrados del Tribunal Supremo señalan que no pueden presumir la pureza de la droga en contra del reo.

En este sentido, añade que a la parte acusadora incumbía la carga de acreditar la pureza de la droga, lo que hubiera evitado acudir a presunciones en contra del reo.

(SERVIMEDIA)
27 Mar 2005
VBR