LA ABSOLUCION DEL ABOGADO DE HB GOROSTIZA SERA REVISADA MAÑANA POR EL TRIBUNAL SUPREMO

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala Segunda del Tribunal Supremo celerará mañana, lunes, la vista oral del recurso de casación interpuesto por la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) y por el fiscal contra la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió al abogado de HB José Miguel Gorostiza de un delito de colaboración con ETA.

El letrado batasuno quedó libre en febrero del pasado año tras anular dos meses antes la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la principal prueba en que se basaban las acusaciones.

Dicha prueba consistía en la grabación de unasconversaciones mantenidas por Gorostiza con los presos de ETA Ignacio de Juana Chaos, Esteban Esteban Nieto y José Artola en la cárcel de Alcalá-Meco de Madrid, en las que el letrado proponía la realización de atentados contra funcionarios de prisiones.

Según la sentencia de la Audiencia Nacional, la intervención de las grabaciones en enero de 1993 fue realizada por orden del director de la cárcel, pero sin autorización judicial lo que, unido al hecho de que se trataba de una persona, Gorostiza, que s encontraba en libertad, era una ilegalidad. Por tanto, ordenó la destrucción de las cintas que contenían las conversaciones y la anulación de todas las diligencias derivadas de esa prueba.

En su recurso, la AVT defiende la validez de dicha prueba basándose en el artículo 51.5 de la Ley General Penitenciaria que establece que las comunicaciones orales y escritas podrán ser suspendidas o intervenidas motivadamente por el director del establecimiento dando cuenta a la autoridad judicial competente.

Según el letrado de la asociación, en este caso existe una resolución del director de la prisión y posterior notificación al juez. Esta fue realizada 17 días más tarde, periodo que, para el abogado, nunca puede llevar a la nulidad de la prueba puesto que la ley penitenciaria no fija plazo.

Víctimas del Terrorismo también sostiene que Gorostiza no era letrado de los etarras y que el tribunal que lo juzgó incurrió en quebrantamiento de forma al declarar impertinentes casi todas las preguntas formuladas or su abogado y por el fiscal, por estar "empecinado" en que todas ellas iban a tener su origen en la prueba anulada.

(SERVIMEDIA)
12 Feb 1995
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