EL ABOGADO DE HB ALVARO REIZABAL, CONDENADO A 3 AÑOS DE CARCEL POR AYUDAR DE FORMA "CONSCIENTE" A LA FINANCIACION DE ETA

MADRID
SERVIMEDIA

La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 3 años de prisión y multa de 300.000 pesetas al abogado de HB Alvaro Reizábal, por un delito de colaboración con banda armada, al mediar en el cobro del "impuesto revolucionario" de ETA al empresario Miguel Jaureguiberri, en junio de 1991.

En la sentencia hecha pública hoy, el tribunal considera que el abogado ayudó "consciente e intencionadamente" al mantenimiento económico de ETA, aunqe aplica la eximente de estado necesidad incompleta porque fue el empresario quien le pidió "insistentemente" que interviniera y Reizábal "tuvo también como motivo de la actuación el auxiliar a Jaureguiberri".

El abogado, que podría ser puesto en libertad en los próximos meses al haber cumplido ya casi la mitad de la pena impuesta en prisión preventiva, ha sido absuelto de los delitos de pertenencia a banda armada y amenazas, por los que el fiscal pedía 15 años de cárcel, ya que "no aparece que estuvira integrado en ETA".

La sentencia condena también a 40 y 36 años, respectivamente, a José Carlos Apezteguía y Luis Manuel Idarraga, por delitos de pertenencia a banda armada y amenazas a varios empresarios, ya que eran los encargados de cobrar a los extorsionados, mientras que Jon Andoni Solagurenbeaskoa, que guardaba el dinero en la sede del sindicato LAB, cumplirá 6 años de cárcel por colaboración con banda armada.

Según consta en la sentencia, Reizábal concertó varias citas entre el industria vasco y Apezteguía e Idarraga, a través de Felipe San Epifanio, "Pipe", responsable del aparato de finanzas de ETA, a quien conocía porque ambos habían sido diputados en el Parlamento vasco.

Asimismo, Reizábal avisó al industrial que se había suspendido una de las citas "tras la caída de cierto comando de ETA" y llamó a un amigo del empresario meses después de que éste hubiera abonado 12 de los 30 millones exigidos, para comunicarle que la organización esperaba aún recibir más dinero.

Estos dos ltimos extremos fueron negados por Reizábal, pero la sala basa su imputación en la declaración de los testigos y en las grabaciones telefónicas existentes.

El tribunal no considera que el abogado incurriera en un delito de amenazas por este motivo, ya que su objetivo fue auxiliarle y "por su militancia, desde luego respetable, en el abertzalismo radical", pertenecía al entorno de ETA y, "en consecuencia, tenía (...) mayor oportunidad de convencer a ETA para que cesara en la amenaza, que el propio extosionado o las personas próximas a éste".

Además de la pena impuesta, Reizábal deberá contribuir con el resto de los procesados al pago de una indemnización de 9 millones de pesetas al industrial extorsionado. Otros 8 de los 12 empresarios amenazados serán indemnizados por Apezteguía, Idarraga y Solagurenbeaskoa, con 20 millones de pesetas.

La fiscalía de la Audiencia Nacional ha anunciado que estudiará la posibilidad de recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo. Fuentes de este organismo comentaon que, de presentarse recurso, Reizábal, encarcelado desde febrero de 1992, sería puesto en libertad a finales del próximo mes de julio, ya que seguiría en prisión provisional y no puede pasar en esta situación más de la mitad del tiempo de la condena a cumplir.

(SERVIMEDIA)
18 Mayo 1993
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