EL ABOGADO DE GOROSTIZA PIDE LA ANULACION DE LAS GRABACIONES EN LAS QUE EL LETRADO DE HB TRANSMITIO ORDENES DE ETA

MADRID
SERVIMEDIA

El abogado Kepa Landa, que defiende al letrado de HB "Txemi" Gorostiza de las acusaciones de colaboración con ETA, pidió hoy durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional la nulidad de las grabaciones en las que presuntamnte Gorostiza trasmitió órdenes al preso de ETA Juan Ignacio de Juana Chaos para atentar contra funcionarios de prisiones, por considerar que fueron obtenidas de forma ilegal.

Esta petición, a la que Landa sumó la de la libertad provisional de su patrocinado, provocó que el tribunal acordase tras 40 minutos de deliberación la suspensión de la vista hasta que resuelva sobre ambas cuestiones, respecto a las cuales tanto el fiscal como la acusación particular expresaron su oposición.

Landa, junto a uien estuvo sentado Gorostiza, vestido con toga, en el estrado de abogados durante el juicio, planteó al inicio de la vista cinco cuestiones previas con la finalidad de demostrar que las grabaciones de las conversaciones de Gorostiza con presos etarras habían sido obtenidas de forma ilegal.

Para ello, esgrimió diversas sentencias del Tribunal Supremo, del Constitucional, del Tribunal de Derechos Humanos e, incluso, leyó ciertos pasajes del auto del "caso Naseiro" que señalan que "no todo es lícito en l descubrimiento de la verdad".

El abogado comenzó su intervención diciendo que consideraba falsas dichas grabaciones y denunció en primer lugar la violación del derecho fundamental de secreto de las comunicaciones en que, a su juicio, incurrió la dirección de la prisión de Alcalá-Meco al autorizar la grabación, ya que dijo que ese derecho sólo puede ser vulnerado con un mandato judicial, que en este caso no hubo.

Landa indicó que, además, en el caso de una comunicación entre un abogado y su cliete, es necesario una orden judicial para grabar la conversación incluso en supuestos de terrorismo, por lo que estimó que las cintas son nulas de pleno derecho y no pueden ser consideradas en el juicio.

INCONSTITUCIONALIDAD

El defensor de Gorostiza argumentó además que las grabaciones fueron obtenidas inconstitucionalmente, ya que el reglamento penitenciario permite que pueda intervenirse una comunicación con la sola autorización del director de la prisión, lo que, a su juicio, es contrario a la Cara Magna. Señaló que, asimismo, ningún juez controló cómo fueron realizadas las grabaciones.

Tras extrañarse de que en dichas cintas no se escuchen a otras personas que estuvieron en el locutorio donde fue grabada la conversación entre Gorostiza y el etarra Juan Ignacio de Juana Chaos, también denunció que no hubo un control judicial en la realización de las transcripciones, respecto a las que dijo que las personas que las hicieron aportaron comentarios personales y resaltaron en negrita los pasajes a u juicio más importantes.

Finalmente, afirmó que no está acreditado que las cintas entregadas al juez de la Audiencia Nacional sean las originales y señaló que también hubo vulneración del derecho a asistencia letrada porque Gorostiza no fue representado durante su interrogatorio por un juez de su confianza.

Landa concluyó su intervención reiterando la petición de que el tribunal declare nulas las grabaciones y transcripción de las cintas y, en su caso, la retirada de la acusación y la libertad d Gorostiza, del que pidió, además, su libertad provisional, cuestión esta última sobre la que previsiblemente se pronunciará mañana la Sala.

Los argumentos de Landa, sin embargo, fueron rechazados tanto por el fiscal como por la acusación particular, ejercida por la Asociación Víctimas de Terrorismo, que piden 7 y 10 años de prisión, respectivamente, para el abogado abertzale.

Mientras que el ministerio público insistió en la legalidad y autenticidad de las grabaciones y afirmó que Gorostiza no atuaba como letrado del etarra de Juana cuando fue grabada su conversación, Pedro Cerracín, abogado de la AVT, destacó que las grabaciones no fueron una intervención judicial de las comunicaciones, sino una intervención administrativa contemplada por la ley, al tiempo que aseguró que Gorostiza y de Juana Chaos hablaron "de todo menos de lo que se supone que tiene que hablar un letrado con su defendido".

Tras deliberar durante más de 40 minutos, el tribunal, formado por los magistrados José Antonio Jiméez-Alfaro, Juan Manuel Trenzado y José Ricardo de la Prada, acordaron, dada la "complejidad" de las cuestiones planteadas por la defensa, la suspensión "sine die" de la vista, a la que asistieron en calidad de observadores una treintena de abogados nacionales y extranjeros invitados por la defensa.

(SERVIMEDIA)
02 Dic 1993
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