Los cosméticos informarán en su etiquetado del peligro que suponen para la capa de ozono
- Según un decreto aprobado por el Gobierno que ajusta la regulación española de estos productos a la europea
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros ha aprobado un decreto para adaptar la normativa nacional sobre cosméticos a la comunitaria, que concreta la información cuantitativa que deben aportar estos productos a los consumidores y que conduce a la introducción de nuevas clases y categorías de peligro, como pueden ser los efectos sobre la capa de ozono.
El decreto, que modificará otro de 1977 sobre este aspecto, actualizará también la clasificación de sustancias que no pueden utilizarse en cosméticos.
En este sentido, el Gobierno aclaró que las sustancias prohibidas son las mismas, las clasificadas como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción, y también su definición, por lo que en este punto la única modificación que se realiza es la de sustituir la denominación de las distintas categorías de sustancias.
Del mismo modo, la nueva regulación de productos cosméticos actualiza la referencia normativa en relación con los métodos validados alternativos a los ensayos con animales.
Por otra parte, el nuevo texto sustituye los términos "preparado" y "preparados" por "mezcla" y "mezclas", un cambio que responde a la armonización de la terminología empleada actualmente en la normativa nacional con la utilizada por la normativa comunitaria.
Según el Ejecutivo, esta modificación normativa pretende garantizar una mayor seguridad de los productos de cara al ciudadano y mejorar la regulación de los mismos acorde con los criterios comunitarios.
(SERVIMEDIA)
23 Jul 2010
IGA/pgs