Andalucía. El Tribunal Supremo avala la gestión realizada por Agricultura ante la retirada de aceite de orujo en 2001
- Tres fallos favorables obligan a varias empresas a reintegrar casi 6,4 millones a la Administración andaluza
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El Tribunal Supremo ha anulado tres sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que obligaron a la Junta a indemnizar con casi 6,4 millones de euros a tres empresas que en su momento exigieron compensaciones por las consecuencias de esa inmovilización de aceite y su retirada del mercado.
En este sentido, el fallo del Supremo desestima el recurso contencioso-administrativo de la reclamación patrimonial que presentaron estos operadores comerciales que se sentían perjudicados por las decisiones tomadas por la Administración estatal.
La inmovilización y retirada del aceite de orujo se produjo tras la alerta alimentaria decretada por la entonces ministra de Sanidad, Celia Villalobos, el 31 de julio de 2001.
La Junta, en cumplimiento del dictamen del Gobierno central y siguiendo los protocolos establecidos en esos casos, procedió a la inmovilización de aceite de orujo, decisión que fue denunciada por las empresas afectadas, que exigieron compensaciones económicas por las repercusiones de tal actuación.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dio la razón a las empresas y el Gobierno andaluz tuvo que indemnizarlas por daños y perjuicios.
Posteriormente, la Junta presentó un recurso ante el Tribunal Supremo, que finalmente ha dado la razón a la Junta y obliga a las empresas a reintegrarle esas compensaciones.
(SERVIMEDIA)
16 Jul 2010
CDM/lmb