Ampliación

El Tribunal de Luxemburgo declara ilegal el veto de Portugal sobre Telefónica

- Recuerda al Estado luso que debe ajustarse a la sentencia "con la mayor brevedad posible"

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró este jueves ilegal el uso que el Estado de Portugal realizó de sus acciones privilegiadas en Portugal Telecom (PT), y que sirvieron para vetar la oferta de Telefónica para la adquisición de la participación de la compañía lusa en la brasileña Vivo.

La sentencia del Tribunal declara que Portugal "ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales", al mantener en PT derechos especiales conocidos como "golden shares".

El órgano de justicia comunitario afirma que la actuación del Estado portugués constituyó "una restricción a la libre circulación de capitales", ya que las decisiones importantes que tome la compañía deben de contar con el respaldo de la mayoría de los votos correspondientes a estas acciones privilegiadas.

"De este modo", continúa el tribunal, "el mantenimiento de la titularidad de dichas acciones privilegiadas por parte del Estado portugués le confiere una influencia sobre la gestión de PT que no está justificada por la magnitud de la participación que mantiene y que puede disuadir a los operadores de otros países miembros de efectuar inversiones directas".

El Tribunal de Justicia de la UE recuerda que la sentencia obliga al Estado miembro a "ajustarse a lo dispuesto en la sentencia con la mayor brevedad posible".

Además, advierte de que si la Comisión Europea considera que el país incumplido dicha sentencia, "puede interponer un nuevo recurso solicitando que se le impongan sanciones pecuniarias".

Por otro lado, el organismo comunitario con sede en Luxemburgo desestima las explicaciones presentadas por Portugal y declara que "no pueden admitirse las razones de justificación invocadas por el país".

A este respecto, el Tribunal de Justicia de la UE recuerda que las medidas nacionales que restringen la libre circulación de capitales pueden justificarse por una serie de razones como la seguridad pública.

Por ejemplo, este tipo de acciones pueden mantenerse en casos de crisis, guerra o terrorismo, pero el Tribunal advierte de que la seguridad pública sólo puede invocarse en caso de que exista una "amenaza real y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad".

(SERVIMEDIA)
08 Jul 2010
MFM/GFM