La CNE cree que la propuesta de procedimiento de contratación de gas y electricidad impulsa la competencia y elimina conflictos
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La Comisión Nacional de la Energía considera que la propuesta de procedimiento marco de contratación telefónica y electrónica para los mercados de gas natural y electricidad, presentada por la Oficina de Cambio de Suministrador, contribuye a eliminar posibles motivos de conflictos e impulsa la competencia en el mercado minorista.
El Consejo de Administración de la CNE aprobó este miércoles el informe para la Dirección General de Política Energética y Minas en el que se valora la propuesta de procedimiento marco de contratación telefónica, electrónica (y telemática) para los mercados de gas natural y electricidad presentada por la citada oficina.
Esta propuesta se centra en establecer un procedimiento común para determinar la prueba documental de la conformidad expresa del cliente en los casos de contratación telefónica y electrónica/telemática.
El regulador entiende que, al establecer de manera clara y detallada la información que, como mínimo, cada comercializador deberá recabar del consumidor en las grabaciones sonoras o en el registro electrónico de datos, se contribuye a eliminar posibles motivos de conflictos entre comercializadores y distribuidores en los procesos de cambio de suministrador y, por tanto, se impulsa la competencia en el mercado minorista.
La CNE considera, asimismo, que la extensión de la propuesta a los sectores del gas y electricidad facilita la homogeneización de actuaciones de cambio de suministrador. Además, se cumple el objetivo de facilitar la tramitación de las solicitudes de cambio de suministrador que se realicen a través de las vías telefónica y electrónica/telemática, al tiempo que se garantizan los derechos de los consumidores y la existencia de conformidad al cambio de suministrador.
El organismo que preside Maite Costa también valora positivamente la propuesta de contenido mínimo de la grabación de audio para recabar la conformidad del cliente en la contratación telefónica.
Entre otras cosas, la Comisión recuerda que en todos los casos de contratación telefónica y electrónica/telemática los comercializadores deberán cumplir con todas las obligaciones en cuanto a información previa, registro del consentimiento, confirmación documental y reconocimiento del derecho de revocación del cliente.
(SERVIMEDIA)
07 Jul 2010
CCB/lmb