Las privadas no pagarán canon a TVE por ingresos ajenos a la televisión

MADRID
SERVIMEDIA

La tasa que tendrán que pagar las televisiones privadas para financiar a RTVE no se aplicará sobre los ingresos que perciban aquéllas por negocios distintos al de la televisión.

Así lo señala el borrador de real decreto de desarrollo de la Ley de Financiación de RTVE que ha elaborado el Ministerio de Industria y que ya ha sido enviado al Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (CATSI).

La Ley de 28 de agosto de 2009 de Financiación de RTVE impuso a las televisiones privadas y a las "telecos" sendos gravámenes para financiar a RTVE, como compensación por el beneficio que les reportaría la supresión de la publicidad en TVE desde el pasado 1 de enero.

Ese canon quedó fijado en el 0,9% para las teleoperadoras, el 3% para las cadenas comerciales en abierto y el 1,5% para las de televisiones de pago. La ley sólo decía que esos porcentajes se aplicarían sobre "los ingresos brutos de explotación facturados en el año correspondiente".

Ahora, el decreto de desarrollo que ha preparado Industria, al que ha tenido acceso Servimedia, aclara la parte de negocio que será objeto de peaje para financiar a RTVE: "Se consideran ingresos brutos de explotación los percibidos por los prestadores de servicios de comunicación audiovisual en razón de su actividad como prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisiva. Quedan excluidos aquellos ingresos que la empresa o grupo de empresas del que forme parte el operador perciban por el ejercicio de actividades distintas del servicio de televisión".

Por otro lado, el decreto tiene como fin el de dejar claras las operadoras de telecomunicaciones que estarán sujetas al canon en función de su ámbito geográfico donde presten servicios.

Deberán hacer una aportación anual a RTVE las que ofrezcan "algún servicio audiovisual u otro que incluya algún tipo de publicidad", en un ámbito geográfico de actuación estatal o superior al de una comunidad autónoma en el territorio español.

El decreto regula los pormenores del procedimiento en que las cadenas privadas y las "telecos" pagarán las tasas, el ingreso en el Tesoro Público de los excesos de ingresos que se produzcan y la utilización del "fondo de reserva" previsto en la ley para compensar a RTVE por pérdidas de ejercicios anteriores o contingencias especiales.

(SERVIMEDIA)
07 Jul 2010
JRN/caa