81 AÑOS DE CARCEL PARA YEPES Y COSTA POR EL ASESINATO DE LOS TRES NOVILLEROS DE ALBACETE
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La Audencia Provincial de Murcia sentenció hoy a José Manuel Yepes y Manuel Costa a 81 años de cárcel porel asesinato, en Cieza, la noche del 30 noviembre al 1 de diciembre, de los tres novilleros de Albacete, Juan Carlos Rumbo, Andrés Panduro y Lorenzo Franco "El Loren".
La sentencia señala que José Manuel Yepes los mató a tiros, con la participación de una tercera persona, cuya identidad se desconoce, que efectuó un disparo de proyectil de postas que alcanzó primero Lorenzo Franco y luego a Panduro.
La intervención del ganadero, Manuel Costa, consistió en abrir el maletero del coche para que Yepescogiera la escopeta, y perseguir a los novilleros, abordo del vehículo, "para impedir que éstos pudieran escapar por la zona por la que se transita habitualmente", según indica la sentencia.
La sentencia también señala que Costa, "que llegó al lugar del crimen durante el desarrollo de los últimos disparos, tras dejar el coche a unos cinco metros de distancia, no impidió el desenlace de los hechos, sino que incluso permitió que se siguiera disparando, a pesar de escuchar la voz de uno de los novillerosdiciendo que era 'El Loren'".
El tribunal afirma que "una orden de Costa a sus empleados, Pedro Antonio y José Manuel Costa, hubiera bastado para que unos jóvenes de 15 y 19 años, dependientes absolutamente del ganadero, al que llamaban 'amo', desistiesen inmediatamente de esa persecución, máxime cuando la aprhensión del arma y de la canana indicaban claramente el decidido ánimo de matar"
Por estas razones el tribunal consideró a Costa cooperador necesario y le impuso la misma pena que a Yepes, ator de los disparos.
La sentencia añade que la prueba pericial realizada por el ex-médico forense, José Enrique Guijarro, y el catedrático de medicina, Aurelio Luna, y que la defensa de Yepes encargó, no puede considerarse como prueba porque "partían de unos datos erróneos y equivocados". La defensa pretendía ratificar con esta prueba la versión de los hechos que dió el menor Pedro Antonio Yepes, el 19 de julio de 1991, autoinculpándose de los crímenes".
Con esta condena, el tribunal acepta la soicitud, hecha en el juicio por el Ministerio Fiscal, en cuanto a las penas de cárcel, aunque la indemnización fijada en 25 millones de pesetas para cada familia de las víctimas es mayor que los 12 millones que pedía el Ministerio, frente a los 50 millones por víctima que solicitaban las acusaciones particulares.
(SERVIMEDIA)
07 Ene 1994
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