Burka. Amnistía, en contra de que Cataluña prohíba el velo integral
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Amnistía Internacional pidió hoy a los parlamentarios catalanes que rechacen mañana una moción a favor de prohibir que las mujeres usen el velo integral en edificios y espacios públicos.
"Cualquier prohibición general violará los derechos a la libertad de expresión y de religión de las mujeres que decidan llevar el velo en público como expresión de su identidad o de sus creencias", declaró John Dalhuisen, experto de Amnistía Internacional sobre discriminación en Europa.
Dalhuisen señaló que "las mujeres deben tener libertad para decidir las prendas que desean o no vestir" y que se trata de un derecho basado en las normas internacionales de derechos humanos".
"Este derecho se extiende a formas de vestir que otras personas consideren censurables y debe respetarse para la reducidísima minoría de mujeres musulmanas que eligen llevar el velo integral, del mismo modo que para el resto de las personas", añadió.
Dalhuisen indicó que "no se puede combatir la discriminación con discriminación y la igualdad de género no se promueve imponiendo las prendas que pueden o no pueden vestir las mujeres, sino garantizando que se empodera a las mujeres para que tomen sus propias decisiones y puedan llevarlas a cabo efectivamente".
Según el derecho internacional de derechos humanos, sólo pueden imponerse restricciones a los derechos a la libertad de expresión y de religión cuando sean necesarias para mantener el orden, la seguridad o la moral públicas, o para proteger los derechos de terceros.
Amnistía Internacional afirmó que no se ha demostrado que las prohibiciones generalizadas sobre el uso del velo integral sean necesarias y que las consideraciones sobre protección frente al delito o seguridad pública no justifican la prohibición del velo integral en lugares públicos o en todos los edificios públicos.
"Los motivos legítimos de seguridad pueden resolverse restringiendo selectivamente la posibilidad de cubrirse totalmente el rostro en lugares de alto riesgo bien definidos. También se puede exigir a las personas que se descubran el rostro cuando sea objetivamente necesario, como por ejemplo en controles de identidad", concluyó Dalhuisen.
(SERVIMEDIA)
29 Jun 2010
MGR/lmb