UNAS 80.000 PENSIONES DE VIUDEDAD SEVERAN INCREMENTADAS PROGRESIVAMENTE HASTA EL AÑO 2000
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Un total de 77.750 viudas y viudos menores de 60 años verán progresivamente mejoradas sus pensiones a partir de ahora y hasta el año 2000, según un real decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros.
El real decreto desarrolla diversos aspectos de la Ley de Consolidación de la Seguridad Social, que prevé la equiparación de las pensiones mínimas de viudedad de los menores de 60 años a las de los viudos de entre 0 y 64 años.
Las pensiones, que en la actualidad se cifran en 36.510 pesetas al mes, se situarán en 40.770 pesetas el próximo año, 45.525 en 1999 y 50.835 en el 2000.
La mejora, circunscrita a los casos de pensionistas con cargas familiares, supondrá un gasto de 21.000 millones de pesetas en tres años, según el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
AUMENTO DE LA EDAD DE ORFANDAD
El real decreto también recoge la ampliación progresiva, hasta 1999, de la edad límite para tener derecho a a percepción de una pensión de orfandad, desde los 18 a los 21 o 23 años, según falten uno o los dos progenitores. Esta mejora beneficia a los huérfanos que estuviesen percibiendo la prestación en el momento de entrada en vigor de la Ley de Pensiones, el pasado 5 de agosto, y a los que se incprporen al sistema con posterioridad.
En 1998, 33.523 huérfanos que hubiesen perdido el derecho a la pensión de orfandad van a poder seguir disfrutándola, lo que costará a la Administración 9.334 millones de pesets.
Estas mejoras se completan con otra serie de medidas contenidas en el proyecto de Ley de Acompañamiento de los Presupuestos. Así, se establece que las pensiones de orfandad de los mayores de 18 años serán compatibles con retribuciones inferiores al 50 por ciento del salario mínimo interprofesional.
Además, los causantes de las pensiones de orfandad y viudedad no tendrán que estar dados de alta en el momento del fallecimiento, siempre que hayan completado un periodo mínimo de cotización de 30 aos.
INVALIDEZ
Por otro lado, el real decreto también establece que las pensiones de incapacidad permanente por invalidez se transformarán en pensiones de jubilación cuando sus beneficiarios cumplan 65 años.
Esta medida tiene como objetivo acercar las estadísticas de invalidez a la situación real del país, según el Ministerio de Trabajo, y afectará a 929.000 inválidos mayores de 65 años, que pasarán a ser considerados como jubilados.
La nueva denominación de las prestaciones no alterará su égimen jurídico ni afectará a los derechos adquiridos. Por otra parte, no se reconocerá el derecho a una pensión de incapacidad permanente cuando el beneficiario tenga los 65 años cumplidos.
(SERVIMEDIA)
31 Oct 1997
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