La CMT regula las redes inalámbricas gratuitas de las administraciones públicas

MADRID
SERVIMEDIA

Las redes inalámbricas gestionadas por las administraciones públicas podrán ser gratuitas si excluyen edificios y conjuntos de edificios de uso residencial y se limita la velocidad a 256 Kbps.

Este es uno de los casos en los que, según la circular aprobada por la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT), la explotación de redes por parte de las administraciones no afecta a la competencia y por lo tanto sólo es necesaria su inscripción como operador en el registro de la entidad reguladora.

Como norma general, las administraciones públicas que exploten redes y servicios de comunicaciones electrónicas deberán notificarlo previamente al regulador, con las únicas excepciones de la autoprestación, referido a servicios propios, y las bibliotecas.

Así, actuarán de conformidad con el principio del inversor privado en una economía de mercado, lo que significa tener un plan de negocio que genere un flujo de caja positivo y que se financie a través de sus propios ingresos sin recurrir a fondos públicos o mediante recursos obtenidos a través de la publicidad o el patrocinio.

Una vez que la CMT dicte una resolución estableciendo condiciones o hayan pasado tres meses desde que dispuso de toda la información, la administración pública podrá iniciar la prestación del servicio.

Además, en el supuesto de obligación de notificación de ayudas públicas por parte de las administraciones públicas para proyectos de explotación de redes o servicios, y previamente a su notificación a la Comisión Europea, la administración pública en cuestión deberá pedir informe preceptivo a la CMT sobre cómo puede afectar dicha concesión a la libre competencia y qué condiciones habrían de imponerse en su caso al beneficiario de las mismas para evitar distorsiones en el mercado.

(SERVIMEDIA)
18 Jun 2010
JAL/gja