La Audiencia Nacional excarcelará al narco Oubiña dos años antes de lo previsto, en septiembre de 2014
- Tras realizar un nuevo cálculo de liquidación de sus tres condenas por narcotráfico
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La Audiencia Nacional ha realizado un nuevo cómputo de liquidación de las condenas impuestas al narcotraficante Laureano Oubiña y ha fijado como fecha de su excarcelación el 18 de septiembre de 2014, lo que supone casi dos años menos de cárcel, ya que, según la última sentencia, estaba previsto que abandonase la prisión en julio de 2016.
Los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presididos por Manuel Fernández Prado, han tomado esta decisión después de aplicar a las tres condenas impuestas a Oubiña la nueva doctrina del Tribunal Constitucional sobre la liquidación de las penas.
Según esta doctrina del Constitucional, a un preso condenado en firme que de forma complementaria se encuentre en situación de prisión provisional por otra causa se le ha de descontar cada día que esté en la cárcel tanto de la pena que está cumpliendo como de la que le podrían imponer por la causa por la que está preventivo.
El Tribunal Supremo estimó hace un mes un recurso del capo y ordenó a la Audiencia Nacional que realizase un nuevo cálculo de la liquidación de condena de Oubiña en base a este nuevo precepto.
A pesar de rebajar el tiempo que Oubiña pasará en prisión, los magistrados de la Audiencia Nacional han rechazado que el narcotraficante gallego quede inmediatamente en libertad, tal y como había pedido su abogado, Enrique Trebollé.
En este sentido, la Sección Primera señala en el auto dictado hoy que la doctrina del Constitucional “no puede ser aplicada cuando se trata de la concurrencia de dos prisiones provisionales a computar, llegando incluso a establecer, como sucede en el presente caso, que en caso de concurrir dos provisionales con una condena únicamente se considerara computable una provisional”.
TRES CONDENAS
La Audiencia Nacional ha condenado en tres ocasiones a Oubiña. La primera sentencia, dictada por la Sección Cuarta, le condenó a cuatro años y cuatro meses de cárcel por el transporte de 6.000 kilos de hachís desde Muxía (La Coruña) hasta Holanda y que fue interceptado en Martorell (Barcelona) en 1997.
Pocos meses más tarde la Sección Segunda le condenó a seis años y nueve meses de prisión en el marco de la “operación Amanecer”, por la que fue detenido en julio de 1997 tras el desembarco de 3.500 kilos de hachís en Nigrán (Pontevedra).
Finalmente, la Sección Tercera le impuso una pena de seis años y nueve meses de cárcel por la incautación en el mar de 15 toneladas de hachís en la “operación Ocaso”.
La primera condena, dictada por la Sección Cuarta, fue cumplida el 19 de enero de 2003; la segunda, impuesta por al Sección Segunda, culminó el 10 de octubre de 2009; mientras que en la actualidad Oubiña todavía se encuentra cumpliendo la tercera, fruto de la sentencia de la Sección Tercera, en la cárcel salmantina de Topas.
Tras aplicar la nueva doctrina del Constitucional sobre liquidación de penas y efectuar el cálculo de los días que Oubiña pasó preventivo mientras cumplía condena firme por otros hechos, los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional han determinado que la fecha de cumplimiento de la última sentencia dictada contra él es el 18 de septiembre de 2014, día en el que abandonará definitivamente la cárcel.
En concreto, el tribunal señala que de los seis años y nueve meses por los que Oubiña fue condenado en la última sentencia, que suponen un total de 2.460 días, se le deben restar 656 días por el tiempo que pasó en prisión preventiva, aunque ya estuviese en la cárcel por otras causas. Por lo tanto, tan sólo tendrá que cumplir 1.804 días, lo que supone que abandonará la prisión el 18 de septiembre de 2014.
El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, del que es titular el magistrado José Luis Castro, se declaró esta misma semana incompetente para decidir sobre el nuevo cálculo de liquidación de penas y devolvió el caso a la Sección Primera.
(SERVIMEDIA)
17 Jun 2010
DCD/caa