7.706 EMPLEADOS PUBLICOS OBTUVIERON PERMISO EN 1992 PARA TENER PLURIEMPLEO
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Gobierno autorizó el año pasado a 7.706 empleados públicos a pluriemplearse dentro de la Administración o en el sector privado, según datos del Ministerio para las Administraciones Públicas a los que tuvo acceso Servimedia.
Esa autorización requiere permiso previo, en virtud de las disposiciones de la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración Pública aprobada en 1984, según la cual sólo deben concederse en razón del interés público.
La mayoría de los funcionarios que consiguen permiso para compatibilizar un puesto público con otro en este mismo ámbito o en el sector privado pertenecen al sector sanitario, médicos principalmente.
Este colectivo obtuvo 4.268 permisos de compatibilidad a lo argo de 1992, más de la mitad de los otorgados. De ellos, 1.768 tenían por objeto compatibilizar dos puestos en el sector público y 2.500 uno en el público y otro en el privado.
Según los responsables del Ministerio para las Administraciones Públicas, una de las motivaciones más frecuentes para solicitar esta autorización es la de poder ejercer la medicina y al mismo tiempo desempeñar la docencia de esta disciplina.
De los 3.438 permisos restantes, concedidos en áreas distintas a la sanitaria, 2.26 fueron solicitados por funcionarios deseosos de compatibilizar su trabajo público con otro privado, en muchos casos en la docencia o la investigación.
NO GANAR MAS QUE UN DIRECTOR GENERAL
En todo caso, por prescripción legal, el salario conjunto obtenido por los trabajos compatibilizados no puede superar al que gane un director general, el cargo político más bajo dentro de la Administración.
Tampoco puede rebasar en una cierta cantidad lo que el propio empleado público gane en su trabajo pricipal, en porcentajes que oscilan entre el 30 por ciento para los funcionarios del grupo A (titulados superiores) y el 50 por cien para los del E (que sólo requieren el certificado escolar).
Las fuentes consultadas señalaron que la concesión de permisos se mantiene al mismo ritmo en los últimos años, una vez superada la avalancha de peticiones originadas tras la aprobación de Ley y el Reglamento de Incompatibilidades, en 1984 y 1985.
La decisión sobre las solicitudes presentadas, que debe adoptare en un plazo máximo de cuatro meses, se adopta previa consulta con el subsecretario del ministerio correspondiente o con el Gobierno Civil de la provincia si está destinado en la administración periférica.
El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades mediante el ejercicio de dos trabajos simultáneamente sin permiso para ello está tipificado como falta muy grave en el régimen disciplinario de los funcionarios, lo que entraña sanciones que llegan a la separación del servicio.
Además, hy empleados públicos que no dependen de la Administración Central para estas cuestiones, como los de las autonomías en su ámbito de competencias, los del Tribunal de Cuentas, y los del Consejo General del Poder Judicial.
(SERVIMEDIA)
08 Abr 1993
M