Discapacidad. El Congreso pide que se modifique el criterio para asignar grado de discapacidad a las personas con epilepsia

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad aprobó este miércoles por unanimidad una proposición no de ley por la que se insta al Gobierno a que modifique el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, en lo relativo a los criterios para la asignación del grado de discapacidad por epilepsia, puesto que depende fundamentalmente del número y tipo de crisis y no de sus consecuencias.

La proposición, fruto de una enmienda transaccional, pide que “el grado dependa del número y tipo de crisis, pero también del grado de afectación y limitaciones de las Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD) como consecuencia de la enfermedad y de los factores neurobiológicos, psicosociales y farmacológicos”.

En este sentido, reclama también presentar, en el plazo de seis meses “un nuevo borrador al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para lograr un acuerdo con las comunidades autónomas”, así como “desarrollar una Estrategia Nacional de Epilepsia” en la que “se recojan todas las acciones necesarias a desarrollar en los ámbitos sanitarios, social, educativo y laboral”, para que “la enfermedad sea correctamente asumida y se rompa la estigmatización que existe sobre los afectados”.

El diputado de Ciudadanos Diego Clemente indicó que “se estima que en España pueden existir más de 400.000 personas con epilepsia, con diferentes manifestaciones clínicas y repercusiones en su vida diaria”, y explicó que “según la OMS la epilepsia es una enfermedad cerebral crónica que afecta a personas de todo el mundo y se caracteriza por convulsiones recurrentes”.

En esta línea detalló que “estas convulsiones son episodios breves de movimientos involuntarios que pueden afectar a una parte del cuerpo (convulsiones parciales) o a su totalidad (convulsiones generalizadas)”, y añadió que “a veces se acompañan de pérdida de la consciencia, que se debe a descargas eléctricas excesivas de grupos de células cerebrales y cuya frecuencia también puede variar desde menos de un al año hasta varias al día.

A este respecto, Clemente criticó que el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, establece que para que se le otorgue la discapacidad a una persona con epilepsia “es preciso que tenga crisis desde hace un año” y “se valora fundamentalmente el número y tipo de estas”. “No teniendo en cuenta, en ningún momento, sus consecuencias”, añadió.

Por ello, defendió la necesidad de que “se revisen los criterios para conceder la discapacidad en la patología de la epilepsia”, y agradeció al resto de grupos su colaboración para sacar adelante esta proposición que también aboga por “realizar campañas de formación e información para que la epilepsia deje de suponer una discriminación de los pacientes”.

(SERVIMEDIA)
15 Nov 2017
CJC/gja